Entidades, juristas y partidos dudan del alcance del tope a los alquileres

El PSC no descarta pedir un informe al Consejo de Garantías Estatutarias

Vista de un escaparate de una inmobiliaria.EFE

Los socios del Govern, Junts per Catalunya y Esquerra, aparcaron ayer sus diferencias sobre el decreto ley que busca poner tope a los alquileres y lo aprobaron en su reunión semanal. El texto genera varias dudas en la oposición, las entidades que defienden el derecho a la vivienda y los juristas. Todos coinciden en afirmar que las medidas tendrán poco impacto y además creen que habrá un conflicto competencial con el Gobierno central. ...

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Los socios del Govern, Junts per Catalunya y Esquerra, aparcaron ayer sus diferencias sobre el decreto ley que busca poner tope a los alquileres y lo aprobaron en su reunión semanal. El texto genera varias dudas en la oposición, las entidades que defienden el derecho a la vivienda y los juristas. Todos coinciden en afirmar que las medidas tendrán poco impacto y además creen que habrá un conflicto competencial con el Gobierno central. “Estamos regulando sobre aquello que somos competentes”, insistió ayer la consejera Ester Capella.

“Lo que pueda decidir un alcalde o un conseller no lo debe decidir ningún ministro del Reino de España”, alertó Capella. Cuando la consejera republicana anunció, hace una semana, la reforma amparada en las competencias en contratos del Código Civil catalán, le llovieron críticas por hacer la aprobación en plena campaña electoral. Ahora, con el texto en la mano, la preocupación radica por las lagunas que tiene el decreto ley que tendrá que ser validado por el Parlament. JxCat y ERC no tienen la mayoría para aprobarlo.

“Los arrendamientos urbanos están regulados desde 1994 con una Ley de Arrendamientos Urbanos que nunca ha sido recurrida por una comunidad autónoma por invasión de competencias”, recordó la diputada socialista Rosa Maria Ibarra. El PSC, que ve “electoralismo casi vergonzante en la medida,  no descarta pedir un dictamen al Consejo de Garantías Estatutarias. “La Generalitat ha dejado sus funciones en vivienda y ahora se saca de la manga un decreto no solo electoralista sino también de dudosa constitucionalidad”, defendió por su parte el líder de Ciudadanos Carlos Carrizosa.

Capella defendió que en Cataluña se aplica el derecho civil español subsidiariamente, es decir, en los casos que no están previstos por el Código Catalán. “No se entiende. Si existía el mecanismo, ¿Por qué han esperado tanto?”, se preguntó la portavoz de Catalunya en Comú, Susana Segovia. "Se ha redactado con opacidad, sin contar con las organizaciones de inquilinos pero consultando a los agentes inmobiliarios", añadió Segovia.

La CUP, por su parte, lamentó la falta de transparencia y objeta que se regule en un momento en que los precios de los alquileres están en récord históricos, algo que creen que distorsiona el índice de referencia en el que se basa todo el sistema y que se calcula con las rentas del Incasòl. Una crítica que comparten desde el Sindicato de Inquilinos. “El índice ya está hinchado por la burbuja y si encima permites un incremento del 10% es superior a las subidas que se están produciendo, de manera que incentivas subidas de precios”, opina Jaime Palomera. “No se regularán los precios porque solo se interviene en los nuevos contratos. Hay tantas excepciones que apenas tendrá impacto: ni obra nueva ni en rehabilitaciones se aplica… Nos están engañando”, añadió.

No sólo el gran número de excepciones pone en duda el abasto del control del precio del alquiler. Varios juristas también ponen sobre la mesa un problema de competencias con el Gobierno. “Los arrendamientos rústicos y otros contratos agrícolas son competencia de la Generalitat, sí, pero su regulación no es comparable en repercusión con la de los arrendamientos urbanos”, dice la abogada Dolors Clavell, que participó en la redacción de la Ley del Derecho a la Vivienda de 2007.

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Cristina Vallejo, diputada de la Junta del Colegio de Abogados de Barcelona, comparte que hay una posible colisión de derechos en la competencia de arrendamientos pero también en la de mecanismos procesales, que ya en el pasado el Tribunal Constitucional ha considerado estatal.

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