El TSJA reconoce que tiene un problema con los fallos contradictorios que dicta

Greenpeace recurre contra el cambio de criterio del tribunal sobre El Algarrobico

Lorenzo del Río, presidente del TSJA. miguel ángel molina (efe)

Una misma sala, la de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Granada. Y dos sentencias contradictorias sobre la calificación de los suelos del paraje almeriense de El Algarrobico donde se levantó un hotel. La sección primera de esa sala concluyó en junio de 2012 que los terrenos no eran urbanizables. La Junta tuvo que cambiar la normativa del parque natural de Cabo de Gata-Níjar para adaptarla al fallo y proteger los terrenos. Pero, el m...

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte

Una misma sala, la de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Granada. Y dos sentencias contradictorias sobre la calificación de los suelos del paraje almeriense de El Algarrobico donde se levantó un hotel. La sección primera de esa sala concluyó en junio de 2012 que los terrenos no eran urbanizables. La Junta tuvo que cambiar la normativa del parque natural de Cabo de Gata-Níjar para adaptarla al fallo y proteger los terrenos. Pero, el mes pasado, la sección tercera de la misma sala de Granada cambió el criterio y concluyó que allí se podía construir, algo que han criticado los ecologistas y el Gobierno andaluz.

Estos dos pronunciamientos contradictorios no son un caso aislado. Así se reconoce en la Memoria Anual de Actividades y Funcionamiento del TSJA, que elabora la presidencia del alto tribunal a partir de la información que facilitan los diferentes órganos judiciales de la comunidad. Y el problema está en la sala de lo contencioso-administrativo, que tiene sedes en Granada (12 magistrados), Málaga (nueve) y Sevilla (20).

“Como reflexión general”, se apunta en la memoria de 2013 del TSJA presentada este jueves, “es oportuno insistir en la necesidad de la mayor uniformidad interpretativa y seguridad jurídica derivada, evitando resoluciones diferentes sobre cuestiones idénticas, tanto a nivel interno de las distintas secciones de la misma sala como entre las tres salas”. Por ello, se indica que “es imprescindible buscar e intensificar la comunicación previa entre los presidentes de cada sala”. También se pide “celebrar plenillos internos para unificar criterios y evitar discrepancias o contradicciones sobre la misma materia”.

Lo llamativo de la cambiante calificación sobre El Algarrobico es que los jueces que dictaron el último fallo conocían la existencia del pronunciamiento de sus compañeros de sala de 2012, entre otras cosas, porque lo citan en su sentencia. Pero entendieron que, al ser dos recursos presentados por entidades diferentes, pueden volver a juzgar el caso.

El Tribunal Supremo, que se ha pronunciado en varias ocasiones en contra de la legalidad del hotel, tendrá que ser el que resuelva esta contradicción. Greenpeace ya ha recurrido ante el Supremo ese último fallo. Entre otros asuntos, la organización recuerda que la sala ya determinó que los suelos no eran urbanizables. La Consejería de Medio Ambiente también ha acudido al Supremo, al entender que los fallos contradictorios suponen un “atentado” contra la seguridad jurídica y la tutela judicial efectiva.

Lorenzo del Río, presidente del TSJA, fue interrogado por los periodistas sobre estos fallos hace una semana. Reconoció que no parecía “lógico” que la misma sala tuviera “dos criterios distintos”. “Lo lógico es que sea ya el Tribunal Supremo el que unifique la doctrina”, dijo.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

En la memoria también se apunta a que el funcionamiento de la sala de Granada tiene una “gran especialización”, lo que se traduce en que las cuatro secciones existentes se reparten los temas “por materias”. A la tercera le corresponden desde hace tiempo los temas medioambientales. Pero la mayoría de los 28 recursos contra el plan de ordenación del parque de Cabo de Gata-Níjar —cuyo análisis ha desencadenado los fallos contradictorios— fueron sentenciados por la primera. Excepto el que presentó la promotora del hotel, que fue fallado por la tercera y concluyó que los suelos son urbanizables.

Sobre la firma

Archivado En