Medio Ambiente ofrece la regularización de las captaciones de agua en Algeciras

La Junta buscará una salida a través de una autorización temporal

Manantial de la Garganta del Capitán en Algeciras.A. Carrasco

El delegado de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Cádiz, Federico Fernández, aseguró este miércoles que Algeciras (Cádiz) “tiene muchas tomas de agua que no están regularizadas” y se ofreció a colaborar para legalizar esta situación. “La sangre no tiene porqué llegar al río", dijo el responsable de la Junta en alusión al conflicto que enfrenta desde la pasada semana a la Consejería de Medio Ambiente y al Ayuntamiento algecireño por la prohibición de captar agua de los manantiales de la Gar...

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El delegado de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Cádiz, Federico Fernández, aseguró este miércoles que Algeciras (Cádiz) “tiene muchas tomas de agua que no están regularizadas” y se ofreció a colaborar para legalizar esta situación. “La sangre no tiene porqué llegar al río", dijo el responsable de la Junta en alusión al conflicto que enfrenta desde la pasada semana a la Consejería de Medio Ambiente y al Ayuntamiento algecireño por la prohibición de captar agua de los manantiales de la Garganta del Capitán.

Federico Fernández, que pidió “tranquilidad” al alcalde de Algeciras, el popular José Ignacio Landaluce, confirmó que “el abastecimiento de agua está garantizado” e insistió en que, “una vez se presenten las alegaciones al expediente abierto a raíz de las denuncias de los ecologistas y la propia policía autonómica, se buscará una salida” a través de una autorización temporal que permita seguir captando el agua, siempre que no se supere el caudal ecológico establecido en los 25 metros cúbicos por segundo.

El Ayuntamiento presentó ayer las alegaciones. Según los responsables municipales, “no se da ninguno de los supuestos previstos en la normativa, tanto estatal como autonómica, para la declaración de caducidad de la concesión, que sólo pueden deberse al incumplimiento de cualquiera de las condiciones esenciales o plazos previstos en la concesión o la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, siempre que sea imputable al titular, o durante cinco años con interrupción durante un periodo de diez años”. El documento sostiene que, “el Ayuntamiento dispone de un título concesional en vigor que permite los usos efectuados, que no son otros que el abastecimiento de agua a la población, que se viene utilizando de forma habitual sin interrupciones prolongadas”.

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