UPyD pide enfermeras para los niños dependientes

Los centros municipales de Semana Santa no disponen de atención sanitaria A estos cursos acuden niños con necesidades especiales

Mari Carmen con su hija Carlota. LUIS SEVILLANO

UPyD llevará el próximo martes a la Comisión de Asuntos Sociales y Familia del Ayuntamiento el caso de Carlota, la niña que no puede tener una enfermera que la atienda en el centro abierto municipal (un curso de inglés) de Semana Santa donde consiguió plaza. Con una discapacidad del 33% y la necesidad de ser sondada cada cuatro horas, Carlota no dispondrá de atención sanitaria pese a que fue admitida en estos cursos, que reservan plazas para menores con necesidades especiales. El Consistorio alega que nunca habí...

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UPyD llevará el próximo martes a la Comisión de Asuntos Sociales y Familia del Ayuntamiento el caso de Carlota, la niña que no puede tener una enfermera que la atienda en el centro abierto municipal (un curso de inglés) de Semana Santa donde consiguió plaza. Con una discapacidad del 33% y la necesidad de ser sondada cada cuatro horas, Carlota no dispondrá de atención sanitaria pese a que fue admitida en estos cursos, que reservan plazas para menores con necesidades especiales. El Consistorio alega que nunca había recibido quejas y, por tanto, no había contemplado esa posibilidad.

Cristina Chamorro, portavoz de UPyD en el área, pedirá la modificación del contrato de los centros para incluir un diplomado en enfermería que atienda a los niños que lo necesiten. “No cabe decir que es muy caro, ya que son solo hay que atender dos centros y basta con disponer de una enfermera para ellos”, argumenta.

La directora general de Educación, Esperanza García, mantuvo ayer una reunión con varios padres de niños con necesidades especiales donde aseguró —según Mari Carmen Solano, la madre de Carlota— que estudiarán la posibilidad de cambiar el programa de los centros abiertos, pero que cree que no será posible hasta 2014, cuando termina el contrato público que los sustenta. “Nos han dicho que no es fácil por exigencias europeas”, relata Solano.

Para Chamorro, la modificación no sería un inconveniente porque el artículo 107.1.A de la Ley de Contratos lo permite cuando un error u omisión en la redacción haga inadecuada una prestación. “Y en este caso, es muy inadecuada”, ha añadido.

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