Los presos preventivos ya absueltos no podrán reclamar indemnizaciones

El Constitucional limita la dimensión de su propio dictamen al negar el carácter retroactivo de la medida

Madrid -
Fachada de la sede del Tribunal Constitucional, en Madrid. Álvaro García

El Tribunal Constitucional ya se ha encargado de establecer los primeros límites al acuerdo que adoptó hace apenas dos semanas y que supone, en la práctica, ampliar el número de presos preventivos que pueden optar a recibir una indemnización si finalmente resultan absueltos. En una sentencia difundida este martes, que desarrolla la decisión tomada a mediados de junio, el pleno del tribunal de garantías determina que su dictamen no tiene carácter retroactivo y, por tanto, no pueden solicitar ahora una compens...

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El Tribunal Constitucional ya se ha encargado de establecer los primeros límites al acuerdo que adoptó hace apenas dos semanas y que supone, en la práctica, ampliar el número de presos preventivos que pueden optar a recibir una indemnización si finalmente resultan absueltos. En una sentencia difundida este martes, que desarrolla la decisión tomada a mediados de junio, el pleno del tribunal de garantías determina que su dictamen no tiene carácter retroactivo y, por tanto, no pueden solicitar ahora una compensación aquellas personas encarceladas en el pasado y que resultaron finalmente declaradas inocentes por una sentencia que ya haya sido firme.

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"Esta sentencia no permite revisar procesos fenecidos ni reabrir los plazos para formular reclamaciones indemnizatorias", subraya en su resolución el pleno del alto tribunal, que hace dos semanas consideró inconstitucional la ley que limitaba las compensaciones solo a aquellos inocentes que durante el proceso judicial hubiesen conseguido demostrar que el hecho que se le imputaba era "inexistente". Según los magistrados, esa diferenciación entre preventivos violaba el derecho a la igualdad y a la presunción de inocencia.

Por seguridad jurídica

En esta línea, el Constitucional incide en que, para garantizar la "seguridad jurídica", el alcance de su sentencio solo afecta a "procedimientos administrativos y procesos judiciales donde aún no haya recaído una resolución firme".

Además, los magistrados ahondan en que resultar absuelto no significa que automáticamente corresponda una compensación económica y en todos los casos. Por ello, advierten que ahora le toca al poder legislativo "acotar" de nuevo los supuestos donde pueden concederse esas indemnizaciones y, en el caso de que no se desarrolle una normativa al respecto, será la Administración y los órganos judiciales a través de sus sentencias los que vayan delimitándolo.

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En las prisiones españolas hay actualmente más de 9.000 preventivos, según Instituciones Penitenciarias. En los últimos tiempos se han dado varios casos sonados de absolución de personas tras prolongados periodos en prisión preventiva. Como Sandro Rosell, expresidente del FC Barcelona, que pasó 21 meses en la cárcel hasta que la Audiencia Nacional le absolvió del delito de blanqueo que le atribuía la Fiscalía.

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