El Supremo archiva una causa contra un diputado del PP por malversación

El tribunal cree que no hay pruebas de que el alcalde de Alhaurín de la Torre cedió una caseta a cambio de bebidas

El Tribunal Supremo ha archivado la causa abierta al diputado del PP Joaquín Villanova, alcalde de Alhaurín de la Torre (Málaga), y a su exconcejal de Fiestas Isabel Fraile, por presunta prevaricación y malversación en relación con la concesión de la caseta municipal de las fiestas de San Juan de 2005 a cambio, supuestamente, de tickets para consumiciones por valor en 3.600 euros.

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El Tribunal Supremo ha archivado la causa abierta al diputado del PP Joaquín Villanova, alcalde de Alhaurín de la Torre (Málaga), y a su exconcejal de Fiestas Isabel Fraile, por presunta prevaricación y malversación en relación con la concesión de la caseta municipal de las fiestas de San Juan de 2005 a cambio, supuestamente, de tickets para consumiciones por valor en 3.600 euros.

El alto tribunal ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa porque “ni puede comprobarse indiciariamente la existencia de una resolución prevaricadora, ni existe motivo alguno” para pensar que los aforados pudieran haber sustraído o permitido la sustracción de caudales públicos.

Según el instructor del Supremo no existen pruebas de que el dinero se destinara a fines diferentes de los autorizados en la contratación del servicio, que fue realizado “con plena aquiescencia de los servicios jurídicos de la corporación municipal”.

El caso fue estudiado inicialmente por el Juzgado de Instrucción 2 de Málaga, que investigó la concesión a un empresario de la caseta municipal de forma contraria a las disposiciones legales y a la ordenanza municipal, que determinaba el pago de una tasa por la utilización del espacio. En junio de este año la Sala lo de lo Penal del Supremo asumió la investigación al ser el principal imputado aforado. El alcalde declaró el pasado día 5 de noviembre ante el instructor Julián Sánchez Melgar y negó que la caseta se hubiera concedido de forma ilegal o que hubiera cometido un delito de malversación en el uso de los tickets para las consumiciones.

Según constata el magistrado en su auto, “es meridiano” que el alcalde y la edil no recibieron nunca en metálico tal cantidad —los 3.600 euros—, por la que no pudieron apropiársela. Los tickets, según el Supremo, se utilizaron para compensar a los grupos infantiles que bailaban en la feria, procedentes de colegios de la localidad, con un refrigerio que consistía en una hamburguesa y una bebida.

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