La reacción de España a la sentencia Parot, inusual entre los Estados europeos

Nunca un Gobierno ha calificado de “injusta” una resolución europea La Liga Norte italiana y los conservadores británicos sí han cuestionado fallos España acumula 70 fallos en contra del Tribunal de Derechos Humanos

El actual magistrado español en el Tribunal de Estrasburgo, Luis López Guerra.JOSÉ JORDÁN

“Las altas partes contratantes se comprometen a acatar las sentencias definitivas del Tribunal en los litigios en que sean partes”, dice el artículo 46 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que España ratificó en 1979, una vez finalizada la dictadura franquista.

La reacción de los Gobiernos ante sentencias de Estrasburgo, pese a las condenas que suponen, en muchos casos, para los Estados, suele ser la de aceptarlas, sin más contestación, tanto por parte de los Ejecutivos o d...

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“Las altas partes contratantes se comprometen a acatar las sentencias definitivas del Tribunal en los litigios en que sean partes”, dice el artículo 46 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que España ratificó en 1979, una vez finalizada la dictadura franquista.

La reacción de los Gobiernos ante sentencias de Estrasburgo, pese a las condenas que suponen, en muchos casos, para los Estados, suele ser la de aceptarlas, sin más contestación, tanto por parte de los Ejecutivos o de los partidos que sostienen a estos. Así, la reacción del PP y de Mariano Rajoy al fallo de la doctrina Parot se encuentra entre las inusuales y comparable con otras que se recuerdan por insólitas. En cualquier caso, entre las consultadas, nunca un Gobierno ha calificado una resolución de Europa de “injusta”.

España ha acumulado, entre 1988 y 2009, un total de 70 sentencias en contra. En ningún caso los distintos Gobiernos han recusado al juez español designado en el Tribunal de Derechos Humanos, cargo que ahora ocupa Luis López Guerra que, sin embargo, sí se ha apartado de la deliberación de más de una veintena de casos en los que ha considerado que su imparcialidad podía ponerse en duda. Entre ellos, la del rechazo del recurso del ex secretario de Estado para la Seguridad socialista, Rafael Vera, por el caso Marey.

“La Corte ha decidido que los crucifijos ofenden la sensibilidad de los no cristianos. Quien ofende los sentimientos de los pueblos europeos nacidos del cristianismo es sin duda la Corte. ¡Que se avergüencen!”, dijo en 2009 el ministro de Agricultura de Italia, Luca Zaia, miembro de la Liga Norte, ultracatólica y antieuropeísta tras el fallo de la Sala Pequeña del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo a favor de la prohibición de símbolos religiosos en las aulas.

España acumula 70 fallos en contra del Tribunal de Derechos Humanos

“Discrepo profundamente del tribunal y esto no hace más que reforzar mi determinación de restringir el papel del Tribunal de Derechos Humanos en Reino Unido”, declaró el pasado mes de julio el ministro británico de Justicia, Chris Grayling, después de que Estrasburgo avalara la posibilidad de que los reclusos tuvieran derecho a ser excarcelados si el Estado considera que se han rehabilitado. En cualquier caso, la postura de Reino Unido ante las resoluciones de Estrasburgo, cuando el tribunal sentencia contra el Gobierno, sí se han contestado en varias ocasiones.

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También ocurrió cuando declaró ilegal la ley británica que niega a todos los presos el derecho a votar, dictada en 2005, que el Gobierno británico no ha acatado pese a que el Tribunal Supremo británico recordó esta misma semana la obligación de acatarla. Aun así, estas reacciones se entienden como una muestra más de la resistencia británica a aceptar dictámenes ajenos al país, que incluso llegó a la propuesta, ante la Cámara de los Comunes, de abandonar el Convenio europeo.

López Guerra se ha apartado de la deliberación de más de 20 casos

Fuera del Consejo de Europa, fue sonada también la reacción del Gobierno de Chávez ante varias sentencias de la Convención Americana de Derechos Humanos, que cuestionó, entre otras cosas, la independencia judicial del país. La contestación a sus sentencias acabó provocando su salida de Venezuela del sistema de garantías de derechos humanos.

En España, hubo un caso, en 1991, en el que los tribunales dilataron la ejecución de una sentencia. Fue tras la condena al Gobierno por un asesinato cometido por tres integrantes del Front Nacional de Cataluña. La Audiencia Nacional acató el fallo y liberó a los condenados en un proceso sin garantías, según Estrasburgo, pero el Tribunal Supremo dictó, posteriormente, su vuelta a prisión. Finalmente, fue el Constitucional el que acabó sentenciando sobre la obligación de acatar la condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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