Un investigado por pederastia se libra del juicio porque nunca se examinó su móvil

Las pesquisas comenzaron en junio de 2020 cuando un padre de Navalcarnero presentó una denuncia porque sospechaba que un profesor había pedido a su hija vídeos eróticos

Vista del logotipo del servicio de mensajería instantánea en internet WhatsApp.Efe
Madrid -

En junio de 2020, un padre preocupado presentó una denuncia en un juzgado de la localidad madrileña de Navalcarnero. Su hija, de 15 años, le había relatado una conversación sospechosa con alguien con el que había contactado por redes sociales. Su interlocutor, que se presentó como un chico de 14 años, le pidió un vídeo en el que ella acariciara el torso a su hermano, de 11. A la adolescente le saltaron las alarmas y se lo contó a su padre que, mediante una bú...

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En junio de 2020, un padre preocupado presentó una denuncia en un juzgado de la localidad madrileña de Navalcarnero. Su hija, de 15 años, le había relatado una conversación sospechosa con alguien con el que había contactado por redes sociales. Su interlocutor, que se presentó como un chico de 14 años, le pidió un vídeo en el que ella acariciara el torso a su hermano, de 11. A la adolescente le saltaron las alarmas y se lo contó a su padre que, mediante una búsqueda en redes, concluyó que el teléfono desde el que escribían a su hija pertenecía a un profesor de Primaria. La investigación se quedó en la nada porque acabó el periodo de instrucción reglamentario para probar la versión de la chica, en el que se debería haber hecho el análisis del teléfono del denunciado.

En la denuncia, el progenitor detallaba que después de la petición del vídeo de su hermano, la niña sospechó y le pidió hacer una videollamada, a lo que la persona al otro lado del chat, que se identificaba como Carlos, se negó. Fue entonces cuando la menor se asustó y le contó a su padre lo sucedido. Él buscó el teléfono que su hija le facilitó en internet y descubrió que correspondía al del un profesor de enseñanza Primaria con domicilio en Madrid. La adolescente entonces dejó de responder a los mensajes de esa persona, que siguió acosándola por la aplicación de Whatsapp hasta que finalmente lo bloqueó. El hombre denunciado negó los hechos en sede judicial y adujo que alguien le había suplantado la identidad.

La defensa del investigado, ejercida por el letrado Juan Ospina, remitió un escrito al juzgado pidiendo el sobreseimiento por la vulneración de la tutela judicial efectiva, es decir, por la supuesta falta de garantías para ser procesado. El abogado alegó que había expirado el plazo de investigación sin que se hubiese pedido una prórroga justificada. “Hace más de un año y medio que se acordó el análisis pericial del dispositivo intervenido a mi representado sin que conste resultado alguno. Se ha requerido de nuevo al equipo de policía judicial el 13 de julio de 2021 sin ninguna respuesta”, se lee en el documento. Tras esta petición, el juez cerró provisionalmente el caso al destacar “la insuficiencia de material probatorio desplegado tendente a corroborar la realidad y existencia de los hechos objeto de denuncia y su autoría por el investigado”.

Lo que denunció esta niña es lo que se conoce como grooming infantil, un delito sexual en el que un adulto se hace pasar por adolescente y, con una identidad falsa o usurpada, contacta con menores a través de las redes sociales. Poco a poco se gana su confianza e intenta que la víctima le mande fotografías o vídeos con contenido sexual. Se trata de uno de los delitos que más se ha incrementado en los últimos años, aunque asociaciones de protección de la infancia denuncian que continúa siendo una actividad infradenunciada.

En los procesos de abuso y pederastia en los que hay involucrados instrumentos tecnológicos, el volcado y análisis de los terminales telefónicos es fundamental a la hora de apuntalar una acusación. Incluso en el caso en el que los inculpados borren contenido, las herramientas policiales permiten recuperar archivos y conversaciones, algo que no ha sido posible en este caso, porque en ningún momento se ha cotejado ninguno de los datos que aporta la denunciante con el contenido del teléfono del investigado. En este caso, la defensa justificaba que alguien había podido clonar el Whatsapp de su defendido, algo que solo se habría podido refutar con el volcado y cotejo del terminal.

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