La justicia ratifica que ser policía nacional y actor porno es incompatible
El Tribunal Superior madrileño confirma la suspensión de seis meses a un agente que promocionaba sus servicios en redes sociales en las que era “perfectamente reconocible”
Los grilletes se ponen a los detenidos y no delante de una cámara. La justicia madrileña acaba de confirmar la sanción a un agente de la policía nacional por trabajar como actor porno en sus ratos libres por la incompatibilidad de ambos desempeños. Los tribunales ya le habían condenado a una suspensión de funciones de seis meses por una falta muy grave, una sentencia que acaba de ser ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Aunque e...
Los grilletes se ponen a los detenidos y no delante de una cámara. La justicia madrileña acaba de confirmar la sanción a un agente de la policía nacional por trabajar como actor porno en sus ratos libres por la incompatibilidad de ambos desempeños. Los tribunales ya le habían condenado a una suspensión de funciones de seis meses por una falta muy grave, una sentencia que acaba de ser ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Aunque el anterior destino del policía era Sevilla, ahora se encuentra destinado en la capital.
Todo comenzó cuando alguien reconoció al agente en publicaciones en redes sociales en las que se promocionaba como actor pornográfico. Según recoge la sentencia, el condenado ofrecía sus servicios para “hacer vídeos y espectáculos en directo” e incluso proporcionaba un correo para contratarle. En algunos de los fotogramas que él mismo colgaba era “perfectamente reconocible”, asegura el fallo. Esta segunda actividad llegó a los oídos de los mandos, que abrieron un expediente en noviembre de 2018, que culminó con un expediente sancionador en 2020.
El hombre alegó en todo momento que no era un segundo trabajo con el que obtener ingresos extra, sino algo que él hacía por afición y que era un entretenimiento que compartía con su pareja en aquel momento. El agente aseguró también que sus derechos de imagen estaban cedidos a una productora que era la que ingresaba los pagos, que sus perfiles en redes eran privados y que nunca se identificaba en ellos como policía nacional. Según el recurso presentado por el agente, considerar que la falta es “muy grave” es desproporcionado porque la incompatibilidad solo afecta a otros desempeños en la Administración Pública, o bien que afecten a sus horarios de trabajo en el cuerpo o por los que se cobre. Algo que, sostiene, no ocurre en su caso.
El fallo le afea no haber solicitado en su momento la compatibilidad y recuerda que el policía siguió ejerciendo esa actividad incluso después de haberlo dejado con la pareja con la que afirma que compartía la afición. El magistrado entiende que el hecho de que sea reconocible en estas publicaciones “menoscaba el prestigio” de la policía, “una institución encargada de luchar contra los delitos de trata y explotación sexual cuyos autores sirven contenido a las redes sociales para difundir contenido pornográfico”. Para el juez, esto ya habría supuesto la denegación de la compatibilidad de ambas actividades, aunque la hubiera solicitado.
El fallo señala también los “fuertes indicios” que existen sobre el cobro por parte del agente de sus espectáculos y vídeos eróticos. El documento enumera que el agente se presenta en redes como “pornostar” y que en Facebook vende sus “aptitudes profesionales”, mientras que en Twitter se ofrece para “contrataciones profesionales” en las que se ofrece de forma individual, no como parte de un dúo con su pareja. También contaba con perfiles con el mismo contenido en Instagram y en la red Twipu. El condenado tiene opción de recurrir la sentencia.
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