La Policía Municipal podrá multar con hasta 1.500 euros coches que contaminen aunque tengan la ITV en vigor

Las nuevas construcciones deberán contar con infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos y placas solares

Madrid -
Tráfico en la A-6, a la altura del puente ubicado en Ciudad Universitaria, en Madrid.Jesús Hellín (Europa Press)

La nueva Ordenanza de Calidad del Aire de la capital autoriza a la Policía Municipal y a los agentes de Movilidad a detener e inspeccionar aquellos vehículos que sospechen que contaminan más de lo normal y, en caso de reiteración, inmovilizarlo y expedir una sanción que puede llegar a los 1.500 euros. Esto ocurrirá incluso aunque tenga en vigor la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), que los agentes podrán obligar a pasar puntualmente para permitir que siga circulando si se comprueba que esas emisiones se encuentran dentro de lo permitido.

El criterio que seguirán será mismo que se em...

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La nueva Ordenanza de Calidad del Aire de la capital autoriza a la Policía Municipal y a los agentes de Movilidad a detener e inspeccionar aquellos vehículos que sospechen que contaminan más de lo normal y, en caso de reiteración, inmovilizarlo y expedir una sanción que puede llegar a los 1.500 euros. Esto ocurrirá incluso aunque tenga en vigor la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), que los agentes podrán obligar a pasar puntualmente para permitir que siga circulando si se comprueba que esas emisiones se encuentran dentro de lo permitido.

El criterio que seguirán será mismo que se emplea habitualmente para verificar que la circulación de un vehículo cumple con las normas de tráfico, explican fuentes del área de Movilidad y Medio Ambiente. Basta que los agentes observen “una emisión de humos o de contaminantes excesiva” o “una manipulación en el vehículo”. El Ayuntamiento también puede llevar a cabo campañas específicas de vigilancia de los contaminantes atmosféricos emitidos.

En caso de observar esa anomalía, los agentes entregan al conductor un papel para que éste verifique si el vehículo se encuentra dentro de los niveles de emisión permitidos para circular. El documento indicará que hay un plazo de un mes para acudir a una estación de ITV y cumplimentar ese requerimiento.

El artículo 31 de la nueva ordenanza, que ha de ser todavía aprobada en pleno, recoge las circunstancias de la inmovilización, retirada y depósito de los vehículos, que no podrán volver a circular hasta que el titular no certifique que ha corregido la anomalía. Los agentes pueden “como medida provisional sin carácter sancionador, y observando los principios de proporcionalidad, efectividad y menor onerosidad, proceder a la inmovilización de toda clase de vehículos” cuando “se superen los niveles máximos permitidos de emisión de gases y humos, en particular habiéndose activado las medidas de actuación en episodios de contaminación” y “cuando los humos emitidos puedan dificultar la visibilidad a otros conductores”.

Las sanciones leves están penadas con 750 euros, pero se considera grave y la multa asciende a 1.500 euros que un conductor no se haya presentado a la inspección y sea interceptado circulando durante el episodio de contaminación declarado. Para la implementación de esta norma dentro de la nueva ordenanza no se requiere la aprobación de una administración diferente de la local o de la Dirección General de Tráfico (DGT), añaden las fuentes del área, “puesto que la realización de otra ITV está recogida en la de tráfico y se puede desarrollar por parte del Ayuntamiento de Madrid”.

Esta Ordenanza de Calidad del Aire prevé también nuevas normas de eficiencia energética para las edificaciones. Los edificios de nueva planta deberán destinar la menos el 50% de su superficie a que sea posible instalar placas solares y obtener mínimo la calificación energética B, que será A en el caso de que sean inmuebles públicos. También será obligatorio instalar la infraestructura necesaria para la recarga de vehículos eléctricos.

Además, los organizadores de eventos que superen los 5.000 asistentes tendrán la obligación de realizar una memoria que analice el impacto medioambiental y presente medidas que reduzcan los posibles impactos ambientales negativos.

La ordenanza fue aprobada de manera inicial este jueves por la Junta de Gobierno y recoge también la obligación de acabar con las calderas de carbón y gasoil antes del 1 de enero de 2022. En Madrid hay todavía, según datos del Consistorio unas 200 calderas de carbón y unas 4.500 salas de calderas de gasóleo asciende.

Las infracciones por incumplimiento de la nueva ordenanza serán muy graves, con multas de hasta 3.000 euros; graves, hasta 1.500 euros y leves, hasta 750 euros.

La nueva Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad (OCAS) busca adaptarse a las exigencias ambientales a nivel nacional y europeo y se enmarca dentro de la estrategia de sostenibilidad Madrid 360 del alcalde, el popular José Luis Martínez-Almeida. Se abre ahora un periodo de un mes para alegaciones públicas antes de que llegue al pleno municipal para someterse a su aprobación definitiva, algo que el delegado del área de Movilidad y Medio Ambiente, Borja Carabante, calcula que tendrá lugar en enero.

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