Condenado a 13 meses de cárcel un ‘mosso’ por quedarse con pertenencias de un muerto en la calle
El agente de la comisaría de Mataró no ingresará en prisión al no tener antecedentes, pero será obligado a indemnizar la família del fallecido con 850 euros
La Audiencia de Barcelona ha condenado a un agente de los Mossos d’Esquadra, de la comisaría de Mataró (Barcelona), a 13 meses de prisión por apropiación indebida, después de que el policial robara el teléfono móvil y los auriculares de un hombre muerto en la calle en octubre de 2021. Sin embargo, al no tener antecedentes penales, el agente no ingresará en prisión. El fallo también impone al mosso una inhabilitación para ejercer su profesión durante 13 meses y una indemnización de 850 euros para la família del fallecido. El tribunal de la sección tercera también le inhabilita para trabajar como policial durante ese tiempo. Con el decreto de la sentencia, la Generalitat podrá valorar la apertura de un expediente disciplinario. El acusado negó todas las acusaciones.
Los hechos se remontan a la madrugada del 27 de octubre de 2021. El agente, destinado entonces en la unidad de investigación de la comisaría de Mataró y de servicio en el turno de noche, se desplazó junto a su compañero a Santa Coloma de Gramenet, donde un hombre había fallecido en plena calle. En el lugar ya se encontraban un policía local, sanitarios y dos patrullas de los Mossos correspondientes al turno de tarde.
Según consta en la resolución, los compañeros que habían intervenido primero entregaron a los agentes la mochila del fallecido. En su interior había un iPhone, unos auriculares inalámbricos, un anillo, un reloj y documentación personal. Sin embargo, al formalizar el acta de cadena de custodia en la comisaría de Mataró, el teléfono ya no se encontraba más en las pertenecias del fallecido.
La irregularidad fue advertida poco después. El jefe de la unidad de investigación de la comisaría de Santa Coloma solicitó a los dos agentes un informe al detectar deficiencias en los relatos. El mosso, ahora condenado, sostuvo entonces que no existía ningún teléfono y describió en el acta unos “auriculares blancos”, en lugar de “auriculares inalámbricos”, como constaba en la primera relación de objetos.
El acusado negó haber manipulado la mochila y afirmó desconocer por qué la geolocalización del teléfono y de los auriculares los situaba en las inmediaciones de su domicilio. Alegó, además, que no sabía cómo funcionaban unos auriculares como los del fallecido. El tribunal no encontró creíble la versión.
La investigación del caso
La trama se destapó cuando, cinco días más tarde del fallecimiento del hombre, la viuda acudió a comisaría para recuperar las pertenencias de su marido y acusó la ausencia del móvil y de los auriculares. Fueron sus hijos quienes, usando la contraseña de su padre, buscaron la ubicación de ambos dispositivos. Las últimas conexiones situaban el dispositivo en la comisaría de Mataró a las 00.32 y a las 03.35 de la madrugada, ambas dentro del turno del acusado. Los auriculares también registraron actividad tras la muerte de su propietario. La última señal se localizó a unos 40 metros del domicilio del agente.
El tribunal, según la sentencia avanzada por Eldiario.es, considera que no existe otra explicación plausible que la apropiación indebida. Para llegar a esa conclusión ha tenido en cuenta el testimonio del policía local que acudió primero al lugar de los hechos y que aseguró haber visto el teléfono entre las pertenencias del fallecido, así como el de los propios mossos que intervinieron inicialmente. También comparecieron agentes de Asuntos Internos, que apuntaron directamente al uniformado como responsable de la sustracción.
La sentencia concluye que el agente “se adueñó, con ánimo de enriquecimiento ilícito” del teléfono antes de que se formalizara la cadena de custodia y que sustituyó los auriculares originales por otros de color blanco, un detalle que no figuraba en el acta inicial.