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Atención a los dueños de perros de Barcelona: ya hay fecha a partir de la que se multará a quien no diluya los pipís

El próximo domingo entra en vigor la Ordenanza de Civismo, que afecta a las conductas en el espacio público y sube el importe de las sanciones

Un vecino con su perro en el barrio de Sant Antoni de Barcelona, este viernes.GIANLUCA BATTISTA

El domingo 15 de febrero entra en vigor la nueva Ordenanza de Civismo del Ayuntamiento de Barcelona. Un texto actualizado tras una primera versión en 2006 que afecta a las conductas en el espacio público y suma nuevas sanciones y sube los importes. Una de las principales novedades es que se multará a los propietarios de perros que no diluyan con agua los pipís de sus animales con hasta 300 euros.

En el último mes, se ha informado a la ciudadanía con una campaña de comunicación con informadores desplegados por calles y plazas, donde la idea es garantizar la convivencia. La nueva norma incluye las infracciones “a los comportamientos que generan más molestias y deterioran la convivencia, incorporando nuevos agravantes y tipologías para reforzar el efecto disuasivo”. Entre las principales novedades destacan las siguientes.

No diluir las micciones de animales. La multa es de hasta 300 euros, con la excepción de los perros de asistencia. “Las micciones de los animales domésticos deben diluirse en agua para asegurar la salubridad de la calle y los espacios públicos y evitar la degradación del mobiliario urbano, salvo que se trate de perros de asistencia”, dice la ordenanza. El consistorio especifica que deben diluirse solo con agua, sin jabón, lejía o vinagre. Por otra parte, añade la ordenanza, “no recoger de forma inmediata las deposiciones fecales de los animales domésticos en las vías y espacios públicos ni depositarlas (de forma higiénicamente aceptable en los contenedores o depósitos de basura o no proceder a la limpieza de los elementos afectados por las deposiciones), especialmente de perros y gatos” [...] es objeto de infracción grave.

Consumo de alcohol en la calle. Es una de las sanciones que más suben y puede alcanzar los 1.500 euros si se produce en presencia de menores o en zonas con restricciones nocturnas. La multa de salida por botellones es de entre 100 y 600 euros.

Prohibición de rutas etílicas. Estas rutas que se ofrecen habitualmente a turistas, se prohíben en parte. Por la lucha contra el ruido en zonas acústicamente tensionadas. Pueden alcanzar los 3.000 euros.

Miccionar en la calle. En puntos sensibles como calles estrechas, zonas de ocio nocturno o lugares donde hay baños públicos, la sanción es de hasta 750 euros.

Pintadas y grafitis. Se persigue su realización en espacios no autorizados. Y en este caso, además de sanción económica, se obliga a asumir los costes de limpieza y desperfectos causados.

Elementos de carácter sexual o ir sin camiseta. Está prohibido exhibir en la calle ropa u otros elementos que representen órganos genitales o que tengan carácter sexual. También está prohibido caminar o estar en la calle con el torso nudo, sin camiseta, salvo si es durante la práctica deportiva o en la zona de playas. Las multas en estos casos son de hasta 300 euros.

Exhibicionismo y falta de respeto. Atentar contra la dignidad de los otros (con insultos, masturbaciones o exhibicionismo), está multado con hasta 600 euros.

Para garantizar que las normas tengan una aplicación real y efectiva, la nueva ordenanza prevé que la Guardia Urbana notifique y cobre de forma inmediata a los no residentes, tanto en infracciones graves y muy graves, para evitar la impunidad que hasta ahora se producía cuando se multaba a turistas. De media, el consistorio barcelonés ha calculado que se cobran algo más de la mitad de las multas de esta ordenanza.

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