El juez archiva la causa contra el marido de la exdirectora de la Guardia Civil que provocó su dimisión

Tras la orden de la Audiencia de Sevilla, el magistrado da carpetazo a la investigación contra Juan Carlos Martínez, pareja de María Gámez

El juez, José Ignacio Vilaplana, entra en los juzgados de Sevilla, en una imagen de archivo.Jesús Prieto / Europa Press (Europa Press)

El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha cerrado la causa contra el empresario Juan Carlos Martínez, marido de la ex directora general de la Guardia Civil María Gámez. La Audiencia de Sevilla ordenó al juez el pasado octubre que archivara el sumario contra Martínez por haberlo comenzado al haber caducado los plazos legales para investigar.

Martínez, investigado ...

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El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha cerrado la causa contra el empresario Juan Carlos Martínez, marido de la ex directora general de la Guardia Civil María Gámez. La Audiencia de Sevilla ordenó al juez el pasado octubre que archivara el sumario contra Martínez por haberlo comenzado al haber caducado los plazos legales para investigar.

Martínez, investigado desde el pasado marzo por blanqueo, malversación y prevaricación, estaba acusado de haber recibido de manera indirecta fondos de la Junta de Andalucía entre 2009 y 2011, cuando el PSOE gobernaba, a través de una sociedad de su hermano Bienvenido. El pasado otoño la Audiencia archivó esta investigación después de que el Tribunal Supremo aclarara que los plazos de las pesquisas son de “obligado cumplimiento”.

Gámez dimitió al frente de la Guardia Civil hace un año y tres meses tras la imputación de su pareja, que recibió de forma indirecta fondos de la Junta andaluza, a través del Centro de Negocios de Empresa de Andalucía, dependiente del Ejecutivo autonómico. El juez acata ahora el criterio de la Audiencia de Sevilla, que le reprochó que sobrepasara los plazos establecidos: “Este juzgado tiene que aquietarse a la doctrina establecida y consolidada por la Audiencia (…) No es posible acordar la continuación de la causa ni tampoco incoar una nueva causa que tuviera por objeto la investigación caducada, pese a que los posibles delitos perpetrados no habrían prescrito”, admite el magistrado Vilaplana en su auto, fechado el 3 de junio y difundido este martes por el Tribunal de Justicia de Andalucía (TSJA).

En su resolución, el juez decide archivar las pesquisas contra Martínez y el exadministrador de la empresa pública Fagia Carlos Fernández, pero decide procesar por prevaricación y malversación al exdirector de la agencia Idea Jacinto Cañete y a Bienvenido Martínez, cuñado de María Gámez.

La defensa de Bienvenido Martínez había alegado ante la Audiencia que la investigación del Juzgado de Instrucción 6 había sobrepasado los plazos marcados por la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que el Supremo había aclarado que eran “de obligado cumplimiento”.

Los magistrados de la Audiencia sevillana concluyeron que la investigación del juez instructor José Ignacio Vilaplana contra Martínez debía haber terminado el 29 de julio de 2022, pero tanto él como su hermano fueron citados como investigados el 22 de febrero de 2023. Por lo tanto, todas las resoluciones e indagaciones del Juzgado de Instrucción 6 posteriores a julio de 2022 quedaban anuladas. El Supremo aclaró en anteriores sentencias que los plazos fijados por el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, fijados en 2015 para evitar que las investigaciones judiciales se eternizaran, son “plazos procesales propios, sin posibilidad de recuperación (…) no son flexibles, sino imperativos o taxativos”.

En un informe de octubre de 2021, la UDEF acusaba a los hermanos Martínez de percibir un “lucro injusto” derivado de los fondos públicos, pero estos sostienen que no hay pruebas concluyentes incluidas en el sumario.

El abogado de Juan Carlos Martínez, Manuel Pérez Cuajares, del bufete Constitución 23, Estudio de Litigación, ensalza: “Estamos enormemente satisfechos por el sobreseimiento y archivo dictado a favor de nuestro defendido, siempre hemos postulado por su inocencia y por su ausencia de participación en ningún acto que hubiera merecido el menor reproche penal. Es cierto que el estigma que se le ha producido por el tiempo en el que ha permanecido investigado es algo casi irreparable”.

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