El Supremo confirma la expulsión de un Guardia Civil condenado por difundir noticias falsas sobre menores migrantes

El agente publicó en Twitter el vídeo de una agresión en China, pero la presentó como perpetrada por un menor marroquí en Canet de Mar

Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.Eduardo Parra (Europa Press)

El cabo de la guardia civil J.J.M.F. publicó en su cuenta de Twitter en julio de 2019 un vídeo en el que se veía a un hombre agrediendo violentamente a una mujer. Lo acompañó de un mensaje en el que decía: “Aquí tenéis el video del MENA marroquí de Canet de Mar, a esos que le vamos a dar la paguita hasta los 23 años, los niños de Pedrito Piscinas. Por cierto, luego para más INRI la viola, estos energúmenos y estas manadas de marroquís no saldrán en los medios”. El vídeo, de 45 segundos, tuvo 21.900 visualizaciones. Pero la grab...

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El cabo de la guardia civil J.J.M.F. publicó en su cuenta de Twitter en julio de 2019 un vídeo en el que se veía a un hombre agrediendo violentamente a una mujer. Lo acompañó de un mensaje en el que decía: “Aquí tenéis el video del MENA marroquí de Canet de Mar, a esos que le vamos a dar la paguita hasta los 23 años, los niños de Pedrito Piscinas. Por cierto, luego para más INRI la viola, estos energúmenos y estas manadas de marroquís no saldrán en los medios”. El vídeo, de 45 segundos, tuvo 21.900 visualizaciones. Pero la grabación correspondía a una agresión ocurrida en China y difundida por las autoridades de ese país buscando la colaboración ciudadana para localizar al autor. La Audiencia Provincial de Barcelona condenó al agente, en noviembre de 2022, a 15 meses de cárcel por difundir noticias falsas (fakenews) contra los menores extranjeros no acompañados (menas), lo que motivó que la ministra de Defensa, Margarita Robles, decretara su expulsión de la Guardia Civil. La Sala Militar del Tribunal Supremo ha confirmado ahora esa sanción.

El castigo impuesto al agente, la separación del servicio, es el más duro que prevé la ley que regula el régimen disciplinario de la Guardia Civil. Está reservado para los autores de faltas muy graves, entre las que se incluye a aquellos agentes condenados en firme por un delito doloso (con la intención de provocar daño). El cabo lo recurrió ante el Supremo, pero los jueces han rechazado sus argumentos en una sentencia en la que consideran proporcionada la sanción, teniendo en cuenta que la conducta del guardia “es radicalmente incompatible con la imagen de probidad, decoro y honradez que todo miembro de la Benemérita ha de mostrar”.

La sentencia penal de la que se derivó la sanción disciplinaria consideró al agente autor de un delito de lesión de la dignidad de las personas por motivos discriminatorios y fijó una condena de 15 meses de prisión, multa de 1.620 euros y decomiso de todos sus perfiles en redes sociales durante dos años. Según los hechos probados por la Audiencia de Barcelona, el guardia actuó “movido por su animadversión y rechazo a los inmigrantes extranjeros de origen marroquí, y entre ellos a su sector más vulnerable como son los menores no acompañados”. En el vídeo grabado en China pero que el agente difundió como si hubiera ocurrido en Canet de Mar, se podía ver cómo un hombre agredía brutalmente a una mujer, a la que daba 15 puñetazos en la cabeza, seguidos de 7 patadas también en la cabeza, que acababan dejándola inconsciente. Acto seguido, le intentaba bajar los pantalones y finalmente acababa cogiéndola del pelo y arrastrándola por el suelo, hasta que el agresor y su víctima desaparecían del campo visual de la cámara de vigilancia que graba los hechos.

Los jueces añadían que la grabación se hizo el día 22 de junio de 2019 y que no tenía “nada que ver con ningún hecho sucedido en España ni mucho menos en la localidad de Canet de Mar”. Se trataba, advertían los magistrados, de una fake news o noticia falsa. “Con la difusión del citado texto y del impactante vídeo el querellado pretendía, con manifiesto desprecio a la verdad y de forma masiva e indiscriminada entre todos los potenciales usuarios de la red social Twitter, asociar el contenido del vídeo con una presunta violación ocurrida en la localidad de Canet de Mar (...) con el fin de difamar de forma global e injusta a los menores no acompañados procedentes de otros países que vienen a nuestro país, particularmente a los niños marroquíes, asociándoles de forma generalizada con actos violentos y agresiones sexuales”, añadía la Audiencia.

El tribunal ponía el acento también en el perfil del agente en Twitter, que recogía “múltiples publicaciones de naturaleza xenófoba y racista” con “supuestas informaciones deformadas y/o falsas sobre los inmigrantes en general, todas ellas presididas por idéntico rechazo frontal a la presencia de extranjeros en España, especialmente si son magrebíes y/o musulmanes, y que con su publicación y difusión masiva sabía que generaba o podía generar entre la población sentimientos de rechazo, fobia y aborrecimiento contra los mismos”.

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