El borrador de sentencia del Constitucional sostendrá que Alberto Rodríguez no debió ser inhabilitado por el Supremo
El tribunal pospone la deliberación sobre la condena penal que acabó dejando sin escaño al entonces número tres de Podemos
El Tribunal Constitucional ha puesto fin este jueves a su reunión de pleno sin concluir la deliberación sobre el recurso de amparo presentado por el exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez contra la sentencia del Tribunal Supremo que en 2021 lo condenó por un delito de atentado a agente de la autoridad. Han hablado siete magistrados y falta la intervención de otros cuatro, que ya se producirá en otro pleno más adelante. El debate iniciado ha permitido constatar que existen distintas posturas sobre el fondo de la cuestión, esto es, si la pena que el Supremo impuso a Rodríguez por dar una patada...
El Tribunal Constitucional ha puesto fin este jueves a su reunión de pleno sin concluir la deliberación sobre el recurso de amparo presentado por el exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez contra la sentencia del Tribunal Supremo que en 2021 lo condenó por un delito de atentado a agente de la autoridad. Han hablado siete magistrados y falta la intervención de otros cuatro, que ya se producirá en otro pleno más adelante. El debate iniciado ha permitido constatar que existen distintas posturas sobre el fondo de la cuestión, esto es, si la pena que el Supremo impuso a Rodríguez por dar una patada a un policía en una manifestación —un mes y medio de prisión, sustituido luego por multa, e inhabilitación— fue o no proporcional. Esa condena penal supuso que el entonces número tres de Podemos fuera despojado de su escaño.
Fuentes del tribunal afirman que el Constitucional acabará dando amparo al exdiputado al estimar que sus derechos fundamentales fueron vulnerados. Pero la deliberación ha quedado interrumpida, y la ponente del caso, María Luisa Segoviano, ha anunciado que va a cambiar algunos aspectos de su borrador de resolución, en busca del mayor grado posible de consenso. Según estas fuentes, la nueva ponencia no se centrará en el argumento de la falta de proporcionalidad de la pena sino en la vulneración del principio de legalidad penal: así, subrayará que, cuando la pena de prisión fue sustituida por multa, no debió aplicarse la inhabilitación como pena vinculada a la de cárcel.
Fue la existencia de esa pena de inhabilitación la que provocó a posteriori la pérdida del escaño de Rodríguez. Esa decisión, tomada formalmente por la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, fue objeto de una segunda impugnación de Rodríguez ante el Constitucional, aunque la deliberación específica sobre ese aspecto aún no se ha iniciado.
El Tribunal Constitucional había previsto resolver los dos recursos de Rodríguez antes del verano, pero el calendario político retrasó la deliberación: el órgano de garantías no quiso que la sentencia coincidiera con las campañas electorales, primero de las municipales y autonómicas en mayo y luego de las generales en julio. En todo caso, ya desde hace meses, tras la renovación del Constitucional con una nueva mayoría progresista en enero, existe en el tribunal la convicción de que la sentencia amparará a Alberto Rodríguez.
El exdiputado de Podemos, que rompió con el partido en octubre de 2021, concurrió a las generales del pasado julio con una nueva formación, Drago Canarias, integrada en la plataforma Sumar, pero no consiguió escaño.