Dos años de cárcel por agredir con una vara de avellano a una familia durante dos días en Cantabria
El tribunal afirma que el palo daba “una clara superioridad al agresor”, que atacó a dos hombres, una mujer y dos niños
Un hombre armado con una vara de avellano agredió durante dos días a cinco miembros de una sola familia, dos de ellos menores de edad. Primero hirió con el bastón en la cabeza a un vecino con el que se lleva mal. Al día siguiente, ya en frío y en otro pueblo, golpeó a la madre del ese vecino, apaleó a otro hijo de la mujer que acudió en su ayuda y, finalmente, pegó a dos menores de edad de la misma familia que pasaban por allí. La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos años de prisión y a una multa de 4.050 euros al hombre de la vara, un arma rural a la que el tribunal da gran im...
Un hombre armado con una vara de avellano agredió durante dos días a cinco miembros de una sola familia, dos de ellos menores de edad. Primero hirió con el bastón en la cabeza a un vecino con el que se lleva mal. Al día siguiente, ya en frío y en otro pueblo, golpeó a la madre del ese vecino, apaleó a otro hijo de la mujer que acudió en su ayuda y, finalmente, pegó a dos menores de edad de la misma familia que pasaban por allí. La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a dos años de prisión y a una multa de 4.050 euros al hombre de la vara, un arma rural a la que el tribunal da gran importancia porque “otorgaba clara superioridad al agresor” y por su capacidad de causar daño. Por ello han elevado la condena inicial de nueve meses a dos años. El caso del hombre de la garrota ocurrió en 2017 en Camino, una población de 45 habitantes del municipio Hermandad de Campoo de Suso, un diseminado de aldeas en el corazón de Cantabria.
Todo empezó en Camino, no más de una veintena de casas donde al menos dos de los vecinos tenían malas relaciones desde hacía años. Una mañana, tras una discusión entre ambos por motivos que no aclara la sentencia (lindes y animales suelen ser causa en el mundo rural), el ahora condenado atacó con la vara a su vecino, al que golpeó en la cabeza y le causó hematoma craneal y pérdida de conocimiento, según la sentencia de la Audiencia de Cantabria.
Al día siguiente, en Requejo, otro municipio a diez minutos en coche desde Camino, el agresor se topó con la madre de su víctima y, “sin previa discusión, golpeó con una vara el turismo en el que viajaba” e “introdujo el palo que portaba a través de la ventanilla, asiendo el palo la perjudicada con la mano para evitar ser golpeada”. Un hijo de esa mujer que llegó en otro coche, trató de defenderla, pero vareador le golpeó “en las manos con el palo”. En esta vorágine de golpes, se fue al coche en el que había llegado el hijo de la mujer, en cuyo interior se encontraban dos sobrinos menores de edad. Y entonces, “el hombre golpeó el coche con el palo, lo que ocasionó la rotura de la luna delantera y los dos cristales laterales derechos, cuyos restos impactaron en uno de los ojos de la sobrina. Además, golpeó al otro menor con el palo en la cabeza”.
Inicialmente, el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander condenó a nueve meses al atacante en mayo de 2022, pero la familia agredida recurrió. La audiencia ha concedido la máxima gravedad a esta agresión, que evoca al Tío de la vara de José Mota precisamente por el arma. Pero este cayado, recuerda la sentencia, es un “medio peligroso” que puede causar daños de “relevante gravedad”. Y, además, aun siendo un simple palo, “otorgaba una clara superioridad al agresor frente a una víctima desarmada y que no tenía razón alguna para esperar esta reacción del agresor, cuando aquel se encontraba en el desarrollo de tareas ganaderas y acompañado de familiares”. Y la vara fue usada buscando “una zona sensible como es la cabeza”, con lo que al menos en el primer caso “llegó a provocar la pérdida de consciencia del agredido durante varios minutos”, por lo que tuvo que ser evacuado de urgencia.
El tribunal añade que la experiencia fue traumática para los agredidos, y todo pudo “causar un resultado lesivo de relevante gravedad para la integridad física y mental de la víctima”, incluidos los menores. La sentencia puede ser recurrida.