La Sala Penal del Supremo se reunirá en pleno para unificar criterio sobre las revisiones por la ‘ley del sólo sí es sí’ una vez se aclare si sale adelante la reforma

Los magistrados debatirán sobre una veintena de casos seleccionados para abarcar las casuísticas más habituales

Decenas de mujeres durante una manifestación por el Día Internacional de la Mujer, el 8 de marzo en Madrid.Fernando Sánchez (Europa Press)

El goteo incesante de rebajas de penas a agresores sexuales en aplicación de la ley del solo sí es sí ha llevado al Tribunal Supremo a priorizar la unificación de criterio sobre estos casos para intentar zanjar las discrepancias entre tribunales. La Sala Penal había decidido, ya hace semanas, acelerar la resolución de los primeros recursos de la Fiscalía contra revisiones de sentencias firmes, pero, en un principi...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El goteo incesante de rebajas de penas a agresores sexuales en aplicación de la ley del solo sí es sí ha llevado al Tribunal Supremo a priorizar la unificación de criterio sobre estos casos para intentar zanjar las discrepancias entre tribunales. La Sala Penal había decidido, ya hace semanas, acelerar la resolución de los primeros recursos de la Fiscalía contra revisiones de sentencias firmes, pero, en un principio, pensó hacerlo de la forma habitual: deliberando el asunto entre un tribunal formado por cinco magistrados de la sala. Sin embargo, el aluvión de recursos que se esperan y las diferencias de criterio dentro de la propia sala han llevado a su presidente, Manuel Marchena, a elevar el asunto al pleno para que la decisión se tome entre todos sus miembros.

El pleno, fijado ya para los próximos 6 y 7 de junio, revisará una veintena de recursos. En la mayoría de los casos son impugnaciones presentadas por la Fiscalía contra revisiones de sentencias firmes acordadas por audiencias provinciales que han implicado rebajas de penas, aunque, probablemente, según fuentes de la sala, se incluyan también recursos de agresores para intentar que el Supremo le conceda la reducción de condena que le ha negado una audiencia provincial. La ponencia de los recursos se están asignando ya entre los distintos magistrados, de forma que en el pleno de junio casi todos llevarán alguna ponencia y se podrán debatir las diferencias de criterio.

Las fuentes del tribunal consultadas advierten de que es imposible unificar criterio sobre un solo asunto porque no hay ninguno que contenga todos los supuestos que se han visto afectados por la reforma del Código Penal. Por eso se ha optado por seleccionar una veintena con los que se pretende abarcar un abanico amplio de casuísticas. No obstante, eso no evitará que cada caso que llegue posteriormente a las audiencias, los tribunales superiores autonómicos o el propio Supremo tenga que examinarse de nuevo individualmente.

El Supremo es consciente de que, tanto entre los propios tribunales como entre las víctimas y en la opinión pública, hay expectativa por los criterios que pueda fijar la Sala Penal, pero advierte de que siempre habrá que ir caso a caso y asume que va a ser difícil extraer conclusiones generales. No obstante, será la primera vez que el alto tribunal se pronuncie sobre las revisiones de sentencias firmes(de las que derivan la mayoría de las reducciones de penas acordadas hasta ahora, más de 800 según cálculos del Consejo General del Poder Judicial) y fuentes de la Sala consideran probable que se revoquen algunas rebajas acordadas hasta ahora.

El Supremo se ha pronunciado ya en más una treintena de ocasiones sobre cómo aplicar la ley de libertad sexual, y en al menos una docena ha decidido rebajar la pena. Pero todos estos pronunciamientos han sido sobre sentencias que no eran firmes cuando entró en vigor la nueva norma. Se trataba de condenas que habían sido recurridas en casación ante el alto tribunal, pero, como la ley cambió antes de que el Supremo llegara a examinarlas, los magistrados han tenido que resolver ya ese recurso teniendo en cuenta las penas fijadas en la ley del solo sí es sí. Aunque el Supremo en las primeras sentencias en las que tuvo que pronunciarse sobre la nueva ley sí señaló que las rebajas de penas eran “obligatorias” tanto para las condenas firmes como para las que no lo son, en varias de sus últimas resoluciones ha matizado esta afirmación y ha deslizado que la llegada de los recursos sobre sentencias firmes requerirá fijar un nuevo criterio.

Cuando la Sala Penal celebre su pleno para fijar criterio ya se habrán votado las enmiendas a la proposición de ley presentada por el PSOE para reformar la ley del solo sí es sí. Si sale adelante esa propuesta, ya sea tal cual la presentaron los socialistas o con las enmiendas registradas por Unidas Podemos para considerar la violencia y la intimidación como un agravante de las agresiones sexuales, los magistrados tendrán que resolver los recursos teniendo en cuenta tres códigos penales: el de 1995, que es el que estaba en vigor cuando se cometieron y se juzgaron esas agresiones; el derivado de la ley del solo sí es sí, vigente cuando las audiencias provinciales revisaron las sentencias; y el que salga de la tramitación en el Congreso de la propuesta presentada por el PSOE. Con todo, como este último eleva las penas y al reo hay que aplicarle siempre la ley más favorable, lo normal es que el grueso de la comparación se haga con el Código Penal de 1995 y el salido de la ley del solo sí es sí.

Magistrados sorprendidos

Entre algunos magistrados del tribunal la propuesta de Podemos ha sorprendido porque supondría un importante incremento de las penas máximas en las agresiones con violencia o intimidación, que llegarían hasta 15 años en las agresiones con acceso carnal (frente a los 12 años de pena máxima tanto en el código de 1995 como en la ley del solo sí es sí y en la propuesta el PSOE). Este es el principal reproche que le hacen también juristas consultados, que lamentan que, en esos supuestos, las penas de las agresiones se equiparen a las del homicidio.

“Las agravantes son para situaciones muy graves, pero ahora al meter todo en el mismo artículo puede haber supuestos de intimidación menos graves que con este marco penal que propone Podemos se quedará con penas altísimas. Eso puede llevar a que los tribunales opten por no apreciar la intimidación en determinados supuestos para evitar penas desproporcionadas”, advierte Manuel Cancio, profesor de Derecho penal de la Universidad Autónoma de Madrid. Para Cancio, lo más “deseable” sería dejar la ley del solo sí es sí tal y como está, ya que tanto la reforma que propone el PSOE como la de Unidas Podemos añade “confusión”. “Son propuestas frívolas y, especialmente la de Podemos, apuesta por el populismo punitivo, que es un gran error”, señala.

Sobre la firma

Más información

Archivado En