El Supremo ratifica la condena a un abogado que saqueó la cuenta de unos clientes que tuvieron que mendigar

La sentencia confirmada destaca que una de las víctimas sufría una grave discapacidad y la otra tenía un “bajo nivel intelectual”

Imagen de archivo de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.SAMUEL SANCHEZ

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena a 5 años de prisión para el abogado de Gijón José María M. M. por apropiarse de 148.850 euros de un matrimonio de clientes especialmente vulnerables, a los que dejó en una situación tal de penuria económica que la mujer se vio obligada a pedir limosna en la puerta de una iglesia, según destacan los hechos probados. El alto tribunal confirma así la pena impuesta en febrero de 2021 por la Audiencia Provincial de Asturias y confirmada dos meses después por el ...

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La Sala Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena a 5 años de prisión para el abogado de Gijón José María M. M. por apropiarse de 148.850 euros de un matrimonio de clientes especialmente vulnerables, a los que dejó en una situación tal de penuria económica que la mujer se vio obligada a pedir limosna en la puerta de una iglesia, según destacan los hechos probados. El alto tribunal confirma así la pena impuesta en febrero de 2021 por la Audiencia Provincial de Asturias y confirmada dos meses después por el Tribunal Superior de Asturias, que consideró al letrado culpable de un delito continuado de apropiación indebida, de especial gravedad por la situación económica en la que dejó a sus víctimas, con la agravante de abuso de confianza, ya que una de las víctimas sufría una grave discapacidad y la otra tenía un “bajo nivel intelectual”. En su fallo, el Supremo únicamente corrige la cuantía de la indemnización fijada, que reduce de 180.906 euros a 148.850 euros, al considerar que de la primera cuantía hubo 33.000 euros que el acusado sí acreditó que fueron gastos para atender a los clientes.

Según el relato de hechos probados, en julio de 2009, una de las víctimas, de 60 años, sufrió una parada cardiorrespiratoria mientras trabajaba que le dejó secuelas físicas y una “grave discapacidad”. Con dificultades intelectuales para realizar tareas complejas y desbordada por la situación generada por el accidente laboral de su marido, la mujer acudió al ahora condenado. Lo conocía porque ella era cliente de la tienda que regentaba la madre del abogado, por lo que le encargó que le gestionara el cobro de la pensión por incapacidad permanente y las posibles indemnizaciones que le correspondieran por el accidente laboral. Tras conseguir las prestaciones en 2010, la pareja se fue a vivir a Valladolid, donde tenían familiares. Allí, él ingresó en una residencia para grandes discapacitados y ella se fue a vivir de alquiler a un piso cercano a la misma. En su cuenta corriente recibían ya entonces una pensión por incapacidad de cerca de 3.000 euros mensuales, además de haber ingresado 85.000 euros en concepto de indemnización.

La sentencia que condenó en primera instancia al abogado consideró probado que este conocía las importantes cantidades de dinero que la pareja había recibido y que, por ello, recomendó a la mujer que, dado que cambiaban de ciudad de residencia, le otorgaran un amplio poder para seguir reclamando en Gijón nuevas cantidades a las aseguradoras. Solo cinco días después de obtener ese poder ―que le permitía ingresar o retirar fondos y realizar transferencias de las cuentas bancarias de la pareja―, José María M. empezó “a hacer un uso indebido de este en su beneficio exclusivo, de tal modo que las notables cantidades de dinero ingresadas en la cuenta bancaria que el matrimonio tenía [...] fueron desapareciendo de la misma con importantes y numerosas disposiciones en efectivo que [el abogado] realizaba en Gijón, hasta el punto de quedar en números rojos algunos meses”.

El fallo detalla cómo el abogado realizó, entre 2010 y 2017, disposiciones en efectivo “de manera constante y sostenida en el tiempo y sin justificación razonable”, una de hasta 36.000 euros. Los hechos probados recalcan que este hecho provocó al matrimonio una penuria económica que llevó a la mujer “a pedir limosna en la puerta de una iglesia, ya que en repetidas ocasiones acudía en Valladolid a sacar el dinero del banco para cubrir sus modestas necesidades y no lo podía hacer por no existir metálico”.

La apropiación salió a la luz cuando un hombre se interesó por la situación de la mujer y la acompañó al despacho de una abogada, que puso los hechos en conocimiento de la Fiscalía en junio de 2017. Cuando el abogado se enteró de que la víctima iba a denunciarle, dejó de usar el poder y se desplazó a Valladolid para que la mujer le firmase “numerosos recibos confeccionados por él mismo, con la única finalidad de justificar la supuesta entrega del dinero extraído de las cuentas a la perjudicada”. Entre esos documentos que consiguió que la mujer le rubricara había un supuesto reconocimiento de deuda por 25.000 euros, con el que el ahora condenado en firme intentó reclamar a sus clientes por vía judicial el pago de esta cantidad.

El fallo recogía también una “última intentona” del abogado de justificar la apropiación de dinero consistente en la grabación de la “sonrojante conversación telefónica”, como la tilda la sentencia, que el letrado mantuvo con la víctima, con la que pretendía que esta “pronunciase lo que a él le convenía que quedara grabado” para exculparse. Los magistrados concluyen que la misma “lo único que dejó patente” era la confianza que la mujer tenía en José María M. M.

La sentencia que le condenó en primera instancia recalca que José María M. M. era “completamente consciente de que se estaba aprovechando de la confianza en él depositada” por las víctimas y que tenía como único fin que realizara en su nombre “pequeñas gestiones, relativas exclusivamente a pago de impuestos y gestión de alquiler del piso y residencia”. El fallo también consideró probado que el abogado era “conocedor” de que la pareja llegó a pasar penurias económicas en algunos momentos porque la mujer le llamó pidiéndole explicaciones por la ausencia de fondos en las cuentas, además de ser consciente también de que “el dinero que incrementaba su patrimonio personal estaba destinado a cubrir las necesidades de una persona con una gran discapacidad”, pese a lo cual siguió siete años extrayendo dinero de las cuentas de la pareja.

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