El presidente suplente del CGPJ renuncia al sueldo que percibía desde que accedió al cargo y que incluía la presidencia del Supremo, que él no ejerce
Rafael Mozo alega que consultó a la Gerencia del Consejo y esta le contestó que le correspondía la retribución presupuestada para quien preside ambos órganos
El presidente suplente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Rafael Mozo, ha renunciado este miércoles al sueldo de 145.361 euros al año que percibía desde que, en octubre pasado, fue elegido para ese cargo. Mozo, según un comunicado difundido por el órgano de gobierno de los jueces, cobrará desde ahora la misma retribución que el resto de vocales que pertenecen a la comisión permanente del CGPJ (126.366 euros). Mo...
El presidente suplente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Rafael Mozo, ha renunciado este miércoles al sueldo de 145.361 euros al año que percibía desde que, en octubre pasado, fue elegido para ese cargo. Mozo, según un comunicado difundido por el órgano de gobierno de los jueces, cobrará desde ahora la misma retribución que el resto de vocales que pertenecen a la comisión permanente del CGPJ (126.366 euros). Mozo asegura haber tomado esta decisión “para evitar cualquier menoscabo” a su “honorabilidad” y “a la imagen del Consejo”, después de que El Español haya publicado este miércoles que el presidente suplente estaba cobrando el sueldo íntegro fijado para el cargo de presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, pese a que él solo preside el segundo de estos órganos.
Mozo legó al cargo, tras la dimisión de Carlos Lesmes, gracias a un acuerdo entre los vocales conservadores y progresistas del CGPJ, que impusieron su criterio sobre el que había establecido el gabinete jurídico del órgano, que consideraba que la presidencia debía recaer, para ambos órganos, en Francisco Marín Castán, en el vicepresidente en funciones del Supremo y presidente de la Sala Primera. Los técnicos defendían que la presidencia del alto tribunal y la del órgano de gobierno de los jueces debía ejercerla una misma persona y que este debía ser el vicepresidente del alto tribunal. Los vocales, sin embargo, esgrimieron que la competencia para designar al presidente del CGPJ solo podía ser del pleno de este órgano y acordaron que el puesto lo ocupara el vocal de más edad, que era el progresista Mozo.
La Ley de Presupuestos recoge una sola partida para el cargo de presidente del Supremo y del CGPJ y esa es la que ha estado cobrando Mozo desde octubre, mientras que el presidente en funciones del Supremo ha seguido percibiendo lo mismo que ya ingresaba como vicepresidente de ese órgano y presidente de la Sala Primera. En el comunicado difundido este miércoles, el presidente del Consejo alega que la percepción de ese sueldo deriva directamente del acuerdo del pleno por el que se le otorgó a él la presidencia. Ese acuerdo, defiende Mozo, recoge que el suplente del presidente “ejercerá las funciones de este en el ámbito estricto del Consejo General del Poder Judicial de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y demás normativa aplicable y dispondrá de los medios atribuidos a ese cargo”. “Y en su apartado tercero determina que durante el tiempo que desempeñe la suplencia recibirá los honores y tratamiento y consideración y demás atribuciones propias del cargo”, añade el escrito.
Mozo subraya también, y así lo han confirmado fuentes del CGPJ, que el sueldo que ha cobrado estos meses en su condición de suplente del presidente del órgano de gobierno de los jueces han sido previamente fiscalizadas por la Intervención del Consejo. Mozo asegura, además, que consultó “personalmente y mediante correo electrónico” a la Gerencia del Consejo cuál era la retribución que le correspondía y este servicio le confirmó que eran las establecidas en los Presupuestos Generales del Estado para el cargo de presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. La Gerencia, según las explicaciones difundidas por Mozo, argumentó que se trataba de “una partida inescindible, la única prevista por la ley y la única, por tanto, que el CGPJ puede abonar”.