El Gobierno descarta una desclasificación masiva de los secretos acumulados desde el final del franquismo

El Ejecutivo alega que la documentación es “ingente” y solo prevé que se haga pública de oficio o a petición de parte, pero no automáticamente

El Gobierno descarta realizar una desclasificación masiva de los documentos secretos acumulados desde la aprobación de la ley vigente (en 1968, en pleno franquismo), hasta la actualidad. El ministro de Presidencia, Félix Bolaños, alega que la cantidad de documentación acumulada es “ingente”, por lo que resulta técnicamente muy difícil acometer esta tarea. Los documentos sobre los últimos años del franquismo o la transición, aunque muchos de ellos tengan más de m...

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El Gobierno descarta realizar una desclasificación masiva de los documentos secretos acumulados desde la aprobación de la ley vigente (en 1968, en pleno franquismo), hasta la actualidad. El ministro de Presidencia, Félix Bolaños, alega que la cantidad de documentación acumulada es “ingente”, por lo que resulta técnicamente muy difícil acometer esta tarea. Los documentos sobre los últimos años del franquismo o la transición, aunque muchos de ellos tengan más de medio siglo de antigüedad, solo saldrán a la luz si así lo determina la autoridad que los clasificó de oficio o a petición de un afectado. Así lo determina el anteproyecto de Ley de Información Clasificada que este lunes aprobó en primera vuelta el Consejo de Ministros, a pesar de los reparos del socio minoritario del Gobierno, Unidas Podemos, y de los aliados parlamentarios.

Se da la circunstancia de que, en el pacto que el PSOE alcanzó en 2018 con el PP para reformar esta ley, los socialistas proponían que todos los documentos actualmente clasificados con más de 25 años tuvieran una prórroga de una década más bajo llave, mientras que los que no tuvieran esta antigüedad recibirían una moratoria de 10 años al cumplir el cuarto de siglo. Esa fórmula significará que en 2033 (el Gobierno espera que la ley esté aprobada a principios del año próximo y entre en vigor seis meses después) serían automáticamente públicos todos los documentos anteriores a 1998. En cambio, el riesgo del sistema previsto por el Gobierno es que puede dejar en la oscuridad documentos cuya existencia se desconoce y que nadie puede reclamar.

El anteproyecto de ley prevé cuatro categorías de clasificación: alto secreto, secreto, confidencial y reservado. Los documentos secretos se desclasificarán automáticamente a los 50 años, los secretos a los 40, los confidenciales entre siete y diez años y los restringidos entre cuatro y seis. No obstante, la clasificación de los documentos calificados como de alto secreto podría prorrogarse por 15 años más y la de los secretos por diez.

Los ciudadanos podrán reclamar la desclasificación de un documento secreto, pero será la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo la que actúe como filtro y decida si la petición está justificada. A la misma Sala Tercera deberán dirigirse los jueces que, en el curso de una instrucción, decidan reclamar un documento clasificado como secreto. La Comisión de Fondos Reservados del Congreso, como ya sucede ahora, será el cauce a través del cual los diputados podrán tener acceso a documentos clasificados.

La clasificación de los documentos de alto secreto y secreto será competencia del Consejo de Ministros, mientras que ministros, secretarios de Estado, subsecretarios, directores del servicio secreto, la Policía y la Guardia Civil o Delegados del Gobierno podrán clasificar en las categorías inferiores. El sistema, según el ministro Bolaños, será “revisable”; es decir, en cualquier momento la autoridad que clasificó un documento podrá decidir hacerlo público, sin apurar los plazos, aunque ello podría condicionarse a un hecho futuro, como la muerte de una persona afectada o el fin de un conflicto, ha puntualizado.

Frente a las críticas de sus socios de Gobierno y aliados parlamentarios por el excesivo plazo fijado para desclasificar automáticamente los documentos secretos, Bolaños asegura que el texto es “homologable” al de otros países democráticos. Alega que en algunos de ellos (Francia, Italia, Reino Unido, Bélgica o Austria) no existe ningún plazo y en otros es aún superior, como Suecia, con 70 años. Reconoce que hay países con plazos inferiores (como Alemania, con 30 años), pero sostiene que aplican la misma caducidad a todos los documentos, sin distinguir grados de clasificación o prevén numerosas excepciones.

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