El Supremo absuelve a una policía municipal acusada de revelar la identidad de un presunto pederasta

La agente remitió a su marido, también policía, un informe que acabó en un chat de padres del colegio por el que merodeaba el sospechoso

Un agente de la Policía Foral y otro de la Policía Municipal de Pamplona patrullan el pasado 14 de febrero por la capital navarra..POLICÍA MUNICIPAL DE PAMPLONA (POLICÍA MUNICIPAL DE PAMPLONA)

El Tribunal Supremo ha revocado la condena de 14 meses de multa (4.200 euros) y un año y medio de inhabilitación para empleo o cargo público impuesta a una agente municipal de Pamplona por haber revelado la identidad de un individuo con antecedentes de pederastia que supuestamente merodeaba por los alrededores del colegio de su hijo.

Según la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Pamplona, la agente, destin...

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El Tribunal Supremo ha revocado la condena de 14 meses de multa (4.200 euros) y un año y medio de inhabilitación para empleo o cargo público impuesta a una agente municipal de Pamplona por haber revelado la identidad de un individuo con antecedentes de pederastia que supuestamente merodeaba por los alrededores del colegio de su hijo.

Según la sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Pamplona, la agente, destinada en la Unidad de Protección y Atención Social de la Policía Municipal de la capital navarra, recibió el 15 de febrero de 2018 un informe interno con los datos (nombre y apellidos, nacionalidad, dirección y antecedentes penales) de un sospechoso. Se le vinculaba con una denuncia presentada dos semanas antes por el padre de un alumno del centro escolar al que acudía su propio hijo, según el cual un varón había intentado convencer a un menor para que le acompañara a su casa. El informe añadía que la conversación se había desarrollado en inglés e identificaba a una persona con antecedentes por pederastia.

La agente hizo una fotografía del documento y lo remitió por vía WhatsApp a su marido, miembro de la Policía Nacional, quien lo reenvió a un compañero del mismo cuerpo cuya hija también acudía a dicho centro escolar. Este, a su vez, lo mandó por correo electrónico a su exmujer, agente de la Policía Foral de Navarra, quien lo recortó, para que no pudiera verse quién se lo había enviado a ella, y lo colgó en el chat de un grupo padres de alumnos de dicho colegio.

“A partir de ese momento”, añade la sentencia, “se inició una difusión masiva que hizo precisa la intervención policial, realizando un comunicado de prensa conjunto de Policía Foral y Policía Municipal llamando a la tranquilidad, así como otro comunicado del colegio con la misma finalidad”.

La Audiencia Provincial de Pamplona ratificó la condena por un delito de revelación de secretos cometido por funcionario público, pero el Supremo la ha absuelto, en contra del criterio del fiscal. En una sentencia dictada el pasado 18 de mayo, el alto tribunal estima que, aunque el informe policial no se hubiera difundido masivamente de no haberlo remitido la agente local a su marido, no se puede culpar a ella de la cadena de reenvíos que se produjeron a continuación fuera de su control.

Los magistrados recuerdan que el informe tenía su origen en una solicitud de colaboración de la Policía foral a la municipal de Pamplona y que lo que ella hizo fue informar a su marido, también miembro de un cuerpo de seguridad, quien precisamente iba a desplazarse al colegio para llevar o recoger a su hijo. Esta actuación, añade el Supremo, no perjudicaba la investigación en marcha; al contrario, el hecho de que un miembro de la Policía Nacional la conociera, “aunque fuera por esta vía heterodoxa e irregular”, podía contribuir al éxito de la colaboración solicitada por la policía foral, sin que los datos personales del sospechoso “rebosaran el ámbito del conocimiento meramente policial”.

“Es consecuencia de actuaciones posteriores efectuadas por terceras personas —no objetivamente imputables a la acusada—que aquellas informaciones, progresivamente transmitidas de unos a otros, llegaran ahora sí de manera impropia al grupo de Whatsapp formado por padres de centro escolar creando la natural incertidumbre y temor entre ellos”, alega el Supremo para absorberla.

El letrado de la agente, Antonio Suárez-Valdés, se felicita por la absolución de su cliente y recuerda que, de haberse mantenido la condena, la funcionaria habría sido expulsada de la Policía Municipal, donde llevaba 18 años prestando servicio. En su opinión, “es profundamente injusto que se pudiera condenar a una agente por trasladar a su marido, también policía, una alerta sobre la presencia de un pederasta en las cercanías del colegio de la hija de ambos, como en su día hizo la Audiencia Provincial”.

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