Siete años de cárcel para la abogada de etarras Arantxa Zulueta por su papel en el control de los presos
La Audiencia Nacional condena a otros tres abogados del llamado “frente jurídico de ETA”
La Audiencia Nacional ha condenado a cárcel a varios miembros del bautizado como “frente jurídico” de ETA, que tenía como objetivo “esencial” el control de los presos de la banda. La Sala de lo Penal ha impuesto una pena de siete años y seis meses de reclusión a la abogada Arantxa Zulueta, principal acusada. También ha sentenciado con prisión a otros tres letrados: Jon María Enparantza (cuatro años), Naia Zurriarain (tres años y seis meses) e Iker Sarriegi (tres años y un...
La Audiencia Nacional ha condenado a cárcel a varios miembros del bautizado como “frente jurídico” de ETA, que tenía como objetivo “esencial” el control de los presos de la banda. La Sala de lo Penal ha impuesto una pena de siete años y seis meses de reclusión a la abogada Arantxa Zulueta, principal acusada. También ha sentenciado con prisión a otros tres letrados: Jon María Enparantza (cuatro años), Naia Zurriarain (tres años y seis meses) e Iker Sarriegi (tres años y un día). Por su parte, el tribunal ha absuelto a otros tres procesados por falta de pruebas: Julen Celarain, Saioa Agirre y Nerea Redondo.
El tribunal ha condenado al denominado “frente jurídico” de ETA —encargado de dar directrices a sus presos e integrado en una estructura de la banda denominada Halboka— que, según la sentencia, sustituyó al “frente de cárceles” o “frente de makos”, pero mantuvo la plena integración en la organización terrorista. Esta estructura formada por abogados era la encargada de mantener la vinculación de los presos con la cúpula etarra y de transmitir las directrices de esta, de forma que se mantuvieran dentro de la línea que fijaba el autodenominado Colectivo de Presos Políticos Vascos (EPPK, en sus siglas en euskera).
Los hechos ahora sentenciados se remontan a 2002, cuando ETA sustituyó precisamente el frente makos por la estructura Halboka, acrónimo en euskera de “Rompiendo las Paredes, Pronto los Luchadores a la Calle”. A la cabeza de este colectivo se situó Zulueta, considerada entonces representante del sector más intransigente. Uno de los subgrupos de Halboka era el “frente jurídico”, a los que en el seno de ETA se les denominaba con las palabras en clave bertsolaris (poetas) o apaizak (curas).
La sentencia, de 549 páginas, subraya cómo los cuatro condenados “operaban a favor de ETA desde sus despachos profesionales”, en Bilbao y Hernani (Gipuzkoa). “Cada uno, desde sus respectivas competencias profesionales y respetando las adscripciones asignadas por ETA”, puede leerse en la sentencia, “pusieron sus servicios a disposición de la banda terrorista, desde cuyos emplazamientos enviaban y recibían encargos, así como trataban personalmente con otros miembros activos y dirigentes de ETA, a fin de procurar el mejor conocimiento de sus afiliados privados de libertad (...) para con ello granjearse su confianza y consideración en aras de seguir férreamente vinculados a la organización terrorista”.
Además, según la Sala, estos abogados también señalaban “posibles acciones y objetivos”, es decir, atentados y víctimas, y colaboraban en el cobro de la extorsión de ETA, conocida como “impuesto revolucionario”.
Arantxa Zulueta ha sido condenada por integración en organización terrorista (4 años de prisión) y depósito de armas y explosivos (3 años y 6 meses). También han sido condenados por integración Jon María Enparantza (4 años), Naia Zurriarain (3 años y 6 meses) e Iker Sarriegi (3 años y un día).
Zulueta y otro de los acusados, Jon Emparantza, ya fueron condenados a tres años y seis meses y dos años y siete meses de prisión, respectivamente, en septiembre de 2019 como dirigentes del KT (Koordinazioa Taldea), un órgano interno de la banda responsable de coordinar el conocido como frente de makos (cárceles) de ETA. Entonces, tanto los abogados de ambos como de los otros 45 procesados alcanzaron un acuerdo de conformidad con la fiscalía y las acusaciones que redujo las penas de manera sustancial, ya que se les pedía inicialmente hasta 14 años de prisión.