Vox sale absuelto de su primer juicio por falta de democracia interna
La juez desestima la demanda de unos afiliados pese a la “incomparecencia injustificada” de Abascal
La dirección de Vox ha salido absuelta en la demanda civil interpuesta por tres afiliados que consideraron vulnerados sus derechos fundamentales con la disolución del Comité Ejecutivo Provincial (CEP) del partido en Barcelona, el 1 de octubre de 2019.
La titular del Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid ha asumido la posición de la Fiscalía, que pidió que se desestimara la demanda en el juicio celebrado el pasado lunes, p...
La dirección de Vox ha salido absuelta en la demanda civil interpuesta por tres afiliados que consideraron vulnerados sus derechos fundamentales con la disolución del Comité Ejecutivo Provincial (CEP) del partido en Barcelona, el 1 de octubre de 2019.
La titular del Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid ha asumido la posición de la Fiscalía, que pidió que se desestimara la demanda en el juicio celebrado el pasado lunes, por lo que absuelve al partido ultra y condena a los demandantes al pago de las costas.
La “incomparecencia injustificada” del líder de Vox, Santiago Abascal, citado como demandado en representación del Comité Ejecutivo Nacional (CEN), no ha tenido efectos prácticos. La juez recuerda que la ley le permite aplicar la “confesión ficticia” cuando una parte intenta obstaculizar el proceso faltando al juicio, pero añade que en este caso no se pueden “dar por admitidos los hechos que pudieran serle perjudiciales” a Abascal, pues hay otras pruebas.
La clave del caso estaba en sí, como sostuvo en el juicio el secretario general del partido, Javier Ortega Smith, habían dimitido realmente cuatro miembros del comité de Barcelona, lo que permitía nombrar una gestora desde Madrid. La juez lo da por probado, aunque reconoce que el testimonio de la expresidenta provincial fue “esquivo” en el juicio, ya que negó que hubiese dimitido pero admitió, “de forma contradictoria, que puso su cargo a disposición del partido tras los malos resultados de las elecciones municipales de mayo de 2019”. Respecto a las demás dimisiones, también las considera válidas, aunque no existiera una aceptación formal.
Rechaza que el acta de la reunión del Comité Ejecutivo Nacional, aportado por Vox en el juicio, estuviera manipulada y considera un defecto solo formal que calificara de “comisión gestora” lo que era un comité elegido democráticamente por las bases.
En lo único que da la razón a los demandantes es en que estaban legitimados para recurrir a los tribunales el cese del comité de Barcelona, lo que Vox cuestionó alegando que no formaban parte del mismo; ya que el funcionamiento democrático otorga a los miembros de los partidos el derecho a impugnar judicialmente sus acuerdos. La sentencia puede ser recurrida.