El juez prevé la libertad condicional de Urdangarin para mayo de 2022 “como muy tarde”
El magistrado, que ha aprobado que el cuñado del Rey disfrute de un permiso de fin de semana al mes, apunta a una libertad condicional adelantada
El juez de Vigilancia Penitenciaria Florencio de Marcos ha dictado un auto en el que, además de conceder a Iñaki Urdangarin un permiso de salida de fin de semana todos los meses, prevé que el esposo de la infanta Cristina sea excarcelado “como muy tarde” el 1 de mayo de 2022. Ese día, el cuñado de Felipe VI, ingresado en la cárcel de Brieva (Ávila) desde junio de 2018, cumplirá dos terceras partes de la condena de cinco años y 10 meses que le impuso el Tribunal Supremo por el caso Nóos, y podrá solici...
El juez de Vigilancia Penitenciaria Florencio de Marcos ha dictado un auto en el que, además de conceder a Iñaki Urdangarin un permiso de salida de fin de semana todos los meses, prevé que el esposo de la infanta Cristina sea excarcelado “como muy tarde” el 1 de mayo de 2022. Ese día, el cuñado de Felipe VI, ingresado en la cárcel de Brieva (Ávila) desde junio de 2018, cumplirá dos terceras partes de la condena de cinco años y 10 meses que le impuso el Tribunal Supremo por el caso Nóos, y podrá solicitar la libertad condicional adelantada, contemplada en el artículo 90.2 del Código Penal.
Este fija como requisitos para que un preso se beneficie de esta excarcelación anticipada que esté clasificado en tercer grado o régimen abierto —circunstancia que Urdangarin aún no cumple, ya que sigue en segundo grado— y que haya tenido buen comportamiento y haya “desarrollado actividades laborales, culturales u ocupacionales [...]del que se haya derivado una modificación relevante y favorable de aquellas de sus circunstancias personales relacionadas con su actividad delictiva previa”. Urdangarin tiene fijado para el 9 de abril de 2024 el cumplimiento definitivo de la pena por delitos de corrupción.
En el auto, el juez apoya la propuesta del Ministerio del Interior de aplicar ahora a Urdangarin el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que flexibiliza el régimen de vida de los presos en segundo grado concediéndole algunos beneficios del tercer grado o semilibertad. En este caso, el magistrado autoriza a que el cuñado del Rey disfrute una vez al mes de un permiso de fin de semana, que se suma a las tres salidas semanales para hacer voluntariado con personas con discapacidad que se le concedieron en septiembre del año pasado. La decisión no es aún efectiva, ya que la Fiscalía, que se opuso a ella, puede recurrirla ante la Audiencia de Palma, que condenó a Urdangarin en primera instancia.
”Absoluto aislamiento”
El magistrado señala que con esta medida pretende paliar el “más absoluto aislamiento” en el que vive Urdangarin en la prisión abulense, donde es el único interno en el módulo de hombres. El juez considera que esta situación[LA] no es fruto de la voluntad del recluso sino una imposición de Interior por motivos de seguridad. Y recalca que no se aplica ni a los presos sometidos al régimen más duro por su peligrosidad, a los que se les permite coincidir en el patio con otros internos y hacer actividades “hasta con cinco participantes”.
El magistrado esgrime dos informes para conceder a Urdangarin estas salidas. Uno, de la subdirectora de la cárcel de Brieva, en el que se detalla el procedimiento que se sigue cuando ingresa en esta prisión un varón, hecho habitual a pesar de ser solo para mujeres desde que fue inaugurada en 1989. Según este protocolo, los reclusos son trasladados inmediatamente a la cárcel de hombres de Segovia por decisión de Interior. El segundo informe es de un alto cargo de Instituciones Penitenciarias que admite que el marido de la infanta no es trasladado a otra prisión por “razones de seguridad”.
Según el juez De Marcos, estos documentos, que no se habían incorporado hasta ahora al expediente, confirman el criterio seguido en anteriores resoluciones judiciales tanto por él como por la Audiencia Provincial de Ávila —entre ellas la que permitió a Urdangarin salir para hacer voluntariado— y contradicen lo defendido por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca —que el pasado mes de abril revocó las salidas de fin de semana que había aprobado el juez de vigilancia penitenciaria— y la Fiscalía en contra de los beneficios para el exduque. Esta última siempre ha defendido en sus recursos que Urdangarin nunca ha intentado ser trasladado a otra prisión y que, por tanto, sigue sin contacto con otros presos por su propia voluntad.
Menos beneficios en prisión que Luis Roldán y Rafael Vera
El juez Florencio de Marcos recuerda en su auto que únicamente otros tres presos han sido sometidos en España a un aislamiento por motivos de seguridad similar al de Iñaki Urdangarin. Fueron el exdirector general de la Guardia Civil Luis Roldán —que estuvo en la cárcel de Brieva durante 10 años—, el exdirector de la Policía José María Rodríguez Colorado y el que fuera secretario de Estado de Seguridad Rafael Vera. El magistrado critica que Interior dio a Roldán y Vera, con penas más altas, beneficios penitenciarios que, hasta ahora, ha negado al marido de la infanta Cristina. Roldán, condenado a 34 años, ingresó en la cárcel en 1995 y en 2005 se le permitió salir de prisión a diario para trabajar, además de disfrutar de permisos de un fin de semana de cada dos. A Vera, que entró en prisión en febrero de 2005, se le autorizaron desde muy pronto salidas regulares a su casa “a modo de arresto domiciliario”, al amparo del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, y en agosto de 2006 ya estaba en semilibertad.