Editorial

Rastreo ideológico

Los datos personales sobre opiniones políticas son extremadamente sensibles y deben ser tratados con un escrupuloso cuidado

Los partidos pueden rastrear las opiniones políticas de los ciudadanos en las redes sociales. Martin Meissner (AP)

La proximidad de las elecciones generales (28 de abril) y de los triples comicios municipales, autonómicos y europeos (26 de mayo) ha obligado a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a delimitar los parámetros dentro de los cuales los partidos pueden utilizar datos personales de los ciudadanos para desarrollar sus actividades de campaña. La ley aprobada a finales de año dejaba un campo extremadamente abierto que, ahora, el organismo que vela por la privacidad ha acotado y restringido. Lo que en su día no hicieron los legisladores para garantizar de forma efectiva y meridiana los de...

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La proximidad de las elecciones generales (28 de abril) y de los triples comicios municipales, autonómicos y europeos (26 de mayo) ha obligado a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) a delimitar los parámetros dentro de los cuales los partidos pueden utilizar datos personales de los ciudadanos para desarrollar sus actividades de campaña. La ley aprobada a finales de año dejaba un campo extremadamente abierto que, ahora, el organismo que vela por la privacidad ha acotado y restringido. Lo que en su día no hicieron los legisladores para garantizar de forma efectiva y meridiana los derechos y las libertades de las personas lo ha hecho la AEPD casi a las puertas de la campaña y poco después de que el Defensor del Pueblo haya recurrido al Tribunal Constitucional la controvertida norma.

Al autorizar el rastreo de páginas web y redes sociales para recabar opiniones políticas y poder trazar así perfiles ideológicos, la ley otorga a los partidos, coaliciones y agrupaciones electorales un espacioso campo de actuación. La agencia ha establecido criterios restrictivos para evitar que los votantes reciban propaganda electoral personalizada por medios electrónicos o servicios de mensajería instantánea. Al mismo tiempo, el Gobierno ha diseñado un plan para identificar posibles campañas de desinformación en redes sociales, foros digitales o blogs.

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En cualquier proceso electoral es imprescindible respetar la transparencia y la libre participación, elementos básicos en una democracia. Romper este equilibrio es poner en riesgo la limpieza del sistema. Al limitar el uso del big data y la inteligencia artificial y prohibir el microtargeting, la agencia es consciente de que los datos ideológicos son extremadamente sensibles y deben ser tratados con un escrupuloso cuidado. Un uso inadecuado es un peligro para derechos amparados por la Constitución, como los de libertad ideológica, libertad de expresión o participación política.

La preocupación no es baladí. La utilización perniciosa del rastro ideológico que los usuarios dejan —a veces sin ser plenamente conscientes— mientras navegan por Internet y/o pulsan un me gusta puede llevar a la manipulación. Poner salvaguardas es el objetivo de la circular publicada por la AEPD, organismo al que le queda por delante una tarea laboriosa: controlar el uso que los partidos hacen de la información personal y verificar que es destruida tras las elecciones. Una vigilancia necesaria para garantizar que no se producen fugas o se realiza un tratamiento ilícito de los datos para influir en la opinión política de los votantes o contribuir a forzar su voluntad a la hora de depositar su voto en las urnas.

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