Cartas al director

Cárceles en la Unión Europea

Constatar si las cárceles de la Unión Europea cumplen con el Estado de derecho es cuestión que no compete a Bélgica, sino a las instituciones europeas. Los Estados miembros han cedido esa competencia a la Unión. El artículo 7 del Tratado de la Unión es muy claro: “El Consejo Europeo podrá constatar la existencia de una violación grave y persistente por parte de un Estado miembro del valor Estado de derecho”. Y añade: “Cuando se haya efectuado la constatación, el Consejo podrá suspender determinados derechos al Estado miembro”. Los jueces belgas también conocen este precepto del Tratado. En def...

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Constatar si las cárceles de la Unión Europea cumplen con el Estado de derecho es cuestión que no compete a Bélgica, sino a las instituciones europeas. Los Estados miembros han cedido esa competencia a la Unión. El artículo 7 del Tratado de la Unión es muy claro: “El Consejo Europeo podrá constatar la existencia de una violación grave y persistente por parte de un Estado miembro del valor Estado de derecho”. Y añade: “Cuando se haya efectuado la constatación, el Consejo podrá suspender determinados derechos al Estado miembro”. Los jueces belgas también conocen este precepto del Tratado. En definitiva, la Unión Europea es la que puede constatar si el Estado de derecho se cumple en las cárceles de los países miembros, Bélgica y España incluidos. Si entras en un club de 27 socios, tendrás que aceptar sus estatutos, salvo que te quieras ir. Reino Unido ya lo ha hecho.— José Luis Gardón. Madrid.

 

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