Condenado a cuatro años de cárcel un hombre que retuvo a una joven en su coche

La mujer alertó a los agentes de policía que patrullaban por la zona apagando las luces del vehículo

La Audiencia de Barcelona ha condenado a cuatro años de cárcel a Elias R. A., que en la madrugada del 28 de junio de 2009 aprovechó que Mayte A. A. se encontraba en su coche, parada en un semáforo en la Ronda de Sant Antoni de Barcelona, para meterse dentrodel vehículo y amenazarla con un objeto punzante.

Según la sentencia, Elias R. A. obligó a la víctima a seguir conduciendo, cuando a unos 1.500 metros se cruzaron con un coche de la policía. Aunque el acusado obligó a Mayte A. A. a abrazarle y besarle para disimular, ésta apagó las luces para llamar la atención de los policías.
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La Audiencia de Barcelona ha condenado a cuatro años de cárcel a Elias R. A., que en la madrugada del 28 de junio de 2009 aprovechó que Mayte A. A. se encontraba en su coche, parada en un semáforo en la Ronda de Sant Antoni de Barcelona, para meterse dentrodel vehículo y amenazarla con un objeto punzante.

Según la sentencia, Elias R. A. obligó a la víctima a seguir conduciendo, cuando a unos 1.500 metros se cruzaron con un coche de la policía. Aunque el acusado obligó a Mayte A. A. a abrazarle y besarle para disimular, ésta apagó las luces para llamar la atención de los policías.

Los agentes de la Guardia Urbana se acercaron y sospecharon al observar "la expresión de pánico" en el rostro de la joven. Elias R. A. obligó a la víctima a saltarse un semáforo en rojo y finalmente, al ver que el coche policial les seguía, huyó.

No hubo delito sexual

La Audiencia considera que no queda demostrado que existiera un delito de agresión sexual, ya que no se pudo acreditar durante el juicio una intención de agredirla sexualmente "más allá de la mera sospecha" de la víctima. Además, tampoco se pudo probar que en el acto del beso existiera "ánimo lúbrico" o simplemente una "intención de disimular".

La Audiencia ha tenido en cuenta la atenuante de reparación del daño, ya que Elias R. A. -que aceptó los hechos, pero no la voluntad de agredir a la víctima sexualmente- consignó, antes del juicio, la cantidad solicitada por el Fiscal como responsabilidad civil.

La Audiencia ha impuesto a Elias R. A. -que ya había sido condenado en 1993 a cuatro penas de 15 años por cuatro delitos de violación- cuatro años y nueve meses de prisión por un delito de detención ilegal y a una multa por una falta de vejación injusta y una falta de lesiones.

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