La Audiencia rechaza la recusación de la AVT contra Garzón

La organización solicitó que se apartara al juez de la causa en la que investiga el aparato de extorsión de ETA

La magistrada de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional Manuela Fernández de Prado ha rechazado la recusación que planteó la AVT para que el juez Baltasar Garzón fuera apartado de la causa en la que investiga el aparato de extorsión de ETA y el supuesto "chivatazo" que alertó a la banda de una operación policial contra ese entramado.

La juez ha adoptado esta decisión en un auto en el que considera "extemporáneos" los argumentos expuestos por el abogado de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), Juan Carlos Rodríguez Segura, en su escrito de recusación contra Garzón al que acu...

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La magistrada de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional Manuela Fernández de Prado ha rechazado la recusación que planteó la AVT para que el juez Baltasar Garzón fuera apartado de la causa en la que investiga el aparato de extorsión de ETA y el supuesto "chivatazo" que alertó a la banda de una operación policial contra ese entramado.

La juez ha adoptado esta decisión en un auto en el que considera "extemporáneos" los argumentos expuestos por el abogado de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), Juan Carlos Rodríguez Segura, en su escrito de recusación contra Garzón al que acusa de "interés directo" en la causa y "enemistad manifiesa".

Para la magistrada se encuentra "fuera de plazo todo lo referente a las manifestaciones del instructor en defensa de un proceso de paz, o el hecho de haber sido diputado por el PSOE o secretario de Estado" y esto, "en ningún caso", supone "pleito pendiente, ni enemistad" por más que se alegue que la AVT defiende otra postura.

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El abogado de la AVT recusó al magistrado después de que éste solicitara a los tribunales de Madrid y al Colegio de Abogados que investigarán si las expresiones que éste vertió contra él en un recurso que interpuso cuando el juez pidió a la asociación que abonara una fianza de 4.000 euros para personarse en la causa como acusación popular.

Fianza a la acusación popular

A este respecto, Fernández de Prado señala que "la exigencia de fianza a la acusación popular es una decisión puramente jurisdicional, que la parte puede discutir por la vía de los recursos como ya ha hecho" y, por tanto, "sea cual sea la decisión final sobre el recurso", no puede interpretarse como "una manifestación de enemistad" por parte de Garzón.

En cuanto a la decisión de Garzón de deducir testimonio al abogado por las manifestaciones que hizo en el citado recurso, la magistrada dice que "debe tenerse en cuenta" que el juez lo hizo a petición del fiscal y que con esta decisión no se pronunció sobre las responsabilidades del abogado sino que se limitó "a dejar paso a los organismos competentes para depurarlas". "A esta posible responsabilidad también jueces y fiscales estamos sujetos, y que se inste su depuración no puede considerarse manifestación de enemistad", según la magistrada.

Para tomar esta decisión, la magistrada ha contado con un informe de la Fiscalía, que calificó de "abusiva" esa recusación, y otro que Garzón le remitió el pasado lunes en el que aseguraba que "lo único que se puede imputar a este instructor es el cumplimiento riguroso de la ley y la exigencia de que cualquier acción contra ETA" debe desarrollarse dentro de la Ley.

Al día siguiente, el 26 de febrero, la AVT formalizó ante el juez otra recusación planteada contra él para que sea apartado del sumario 35/02, en el que investiga a Batasuna y la financiación de ETA a través de las herriko tabernas. Además de en la causa sobre la antigua cúpula de Batasuna y la del aparato de extorsión de ETA, la AVT también le ha recusado en la causa de Askatasuna (sucesora de Gestoras Pro Amnistía), aunque el juez ya contestó en un auto el pasado día 15 que al haber recurrido la fianza y estar ese recurso pendiente de resolver, la asociación no podrá ser tenida como parte en ese sumario.

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