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El presidente de Sidenor niega ante el juez haber hecho contrabando con la venta de acero a Israel

José Antonio Jainaga y otros dos directivos de la siderúrgica responden solo a las preguntas de sus abogados y defienden que la empresa ha cumplido la normativa vigente

El presidente de la siderúgica Sidenor, José Antonio Jainaga, ha negado que el acero que vendió a una empresa israelí para fabricar armas, en plena masacre de Gaza, estuviera sujeto a la autorización del Gobierno. El ingeniero vasco se ha defendido este miércoles ante el juez de la Audiencia Nacional Francisco de Jorge de las acusaciones de delitos de contrabando, así como de una presunta complicidad con un delito de lesa humanidad o genocidio. En su declaración como investigado, que ha durado unos 40 minutos y en la que solo ha respondido a las preguntas de sus abogados, ha señalado que ha cumplido con la legislación vigente, ya que en el momento de las ventas no existía ninguna limitación en las relaciones comerciales con dicho país.

El magistrado investiga al máximo responsable de la siderúrgica con sede en Basauri (Bizkaia) y a otros dos directivos a raíz de una querella de la Asociación Comunitat Palestina de Catalunya-Terra Santa, que asegura que Sidenor ha realizado envíos periódicos de acero a Israel Military Industries (IMI), empresa fabricante de armas, tanto pesadas como ligera. Los querellantes señalan que el último envío realizado tuvo lugar el 10 de junio de 2025, cuando Sidenor, a través del carguero MV VELA, entregó 393 toneladas de acero a IMI Systems, a través del puerto de Haifa (Israel).

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, Francisco de Jorge, que durante cuatro meses ha llevado las pesquisas bajo secreto de sumario —levantado el pasado 23 de octubre―, investiga cómo Sidenor habría llevado a cabo una venta de acero a IMI, con “pleno conocimiento de que el material vendido a Israel iba a ser utilizado para la fabricación de armamento”, y sin haber solicitado la correspondiente autorización del Gobierno y sin inscribirse en el registro correspondiente, “tal y como consta en un oficio de la Comisaría General de Información [de la Policía Nacional] del pasado 10 de septiembre”.

Interpretación de la normativa

La discusión jurídica se centra en la interpretación de la normativa. En concreto, en si el acero de doble uso vendido figuraba en las limitaciones de control especial de la regulación española y comunitaria que regula la venta de acero al extranjero. Según ha indicado la compañía en un comunicado, “ninguno de los aceros vendidos por Sidenor a Israel corresponden a la descripción detallada”, ni en el Real Decreto español que regula el comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, ni en el reglamento europeo por el que se establece un régimen de control de las exportaciones, el corretaje, la asistencia técnica, el tránsito y la transferencia de productos de doble uso.

Sidenor, que asegura que los envíos denunciados representan “menos del 0,2% de la ventas totales anuales de a la empresa”, ha adelantado al juez que en los próximos días aportará un informe pericial que analiza la trazabilidad de los pedidos realizados por la compañía israelí y las características de los productos fabricados para ello. En esta línea, la empresa apunta que el informe del pasado septiembre del Servicio de Vigilancia Aduanera, en colaboración con la Policía Nacional, en realidad expresa que el material correspondiente al último envío retenido en el puerto de Barcelona por “voluntad expresa” de la compañía vasca no está sometido a un control especial, al tratarse de un tipo de acero sin alear.

Sin embargo, el abogado de la asociación querellante, David Aranda, ha explicado al término de las declaraciones que, tal y como ha precisado el juez De Jorge durante el interrogatorio, lo que se está indagando no es el tipo de acero comercializado, sino si el material en cuestión puede ser empleado para la fabricación de armamento (fue vendido a una empresa de fabricación de tecnología militar) y, por tanto, tenía que haber cumplido con los trámites administrativos de autorización previa. “Hay ciertos requisitos por los cuales si el acero va a tener un determinado destino que está regulado en una normativa comunitaria puede ser calificado como contrabando“, ha señalado el letrado. Un informe de Aduanas de la Agencia Tributaria cifra en 5,8 millones de euros el valor de las 4.500 toneladas que se vendieron a IMI entre febrero de 2023 y el pasado 12 de junio, dos meses antes del embargo del último envío, según han informado fuentes jurídicas.

Sin conocimiento de la operativa

Además, de Jainaga, que también lidera el consorcio vasco que ha adquirido el 29,7% del capital de Talgo, han declarado como investigados Marco Pineda, director de desarrollo corporativo de la siderúrgica vasca, e Iñigo Molero, director comercial de la compañía. La estrategia ha sido la misma en los tres casos: responder solo las preguntas de sus defensas. La diferencia: explicar su posible intervención en los hechos según sus funciones en la empresa, han indicado fuentes presentes en la declaración. En este sentido, y de acuerdo a las mismas fuentes, el presidente ha apostillado que no estaba al tanto de este tipo de operativas y su trámites administrativos.

Debido a esta estrategia, el abogado de la acusación popular ha lamentado que no se ha podido esclarecer cuestiones que consideran “relevantes” como entender el funcionamiento de la estructura de control de ventas por parte de Sidenor. Pero tampoco se ha podido aclarar el conocimiento que tenía entonces la empresa de la situación en la Franja de Gaza. Un hecho que para Aranda es esencial porque “no solo se está investigando un delito de contrabando, sino también la complicidad con eventuales delitos de lesa humanidad y delitos de genocidio”. “Entendemos que las actuaciones son mucho más complejas que una simple transacción económica”, ha agregado.

Para la apertura de la investigación, el magistrado De Jorge ha tenido en cuenta que los hechos ocurridos en Gaza, donde el Estado israelí ha cometido una masacre contra la población palestina, son de “dominio público tanto por la información publicada a diario en prensa y televisión como por la calificación provisional como delito atribuido a estos acontecimientos por el Tribunal Penal Internacional y las denuncias presentadas por la Relatora Especial de la ONU, Francesca Albanese, y por la UNRWA, entre otras personas y agencias de Naciones Unidas”, según señaló un comunicado de la Audiencia Nacional. Por ello, entiende que la actuación de los directivos de Sidenor podría encajar en delitos de contrabando y de participación por complicidad en un delito de lesa humanidad o, alternativamente, de complicidad en un delito de genocidio.

El mismo día que se conoció la citación de Jainaga y los otros dos directivos, Sidenor emitió un breve comunicado para asegurar que ya el pasado “1 de julio” hizo pública la "decisión de suspender todas las relaciones comerciales con Israel”. Vinculó esa iniciativa a “la decisión del Gobierno de España en abril de suspender los contratos con Israel”. Precisamente, ese mismo 1 de julio fue el día que el magistrado impulsó sus pesquisas y, según una resolución a la que tuvo acceso EL PAÍS, las declaró secretas para que no se filtraran detalles de su investigación a la compañía, según adelantó J.J. Gálvez.

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