Fernando Roig, condenado a 11 meses y 28 días cárcel por falsedad en documento mercantil

Según la sentencia, el club pagó a una constructora “precios sobredimensionados” por las obras en el Estadio de la Cerámica y la ciudad deportiva del Villarreal CF

El empresario y presidente del Villarreal, Fernando Roig, durante un receso del juicio por presunto delito de fraude fiscal, celebrado durante el mes de marzo.Andreu Esteban (EFE)

El presidente del Villarreal, Fernando Roig, ha sido condenado a once meses y 28 días de prisión junto a otras diez personas por dos delitos de falsedad en documento mercantil contra la Hacienda Pública en las obras de reforma de la ciudad deportiva del club y del Estadio de la Cerámica durante 2004 y 2005, entonces denominado El Madrigal.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, prueba un fraude a Hacienda por un total de 525.440 euros —187.840 euros del ejercicio fiscal 2004 y 336.600 por el de 2005— por cuotas de IVA soportado deducidas indebidamente tras un exceso de facturación de 1.174.00 euros en 2004 y de 2.110.000 euros en 2005 a través de “precios sobredimensionados” por trabajos que no correspondían a la realidad para eludir el pago del IVA correspondiente. El Villarreal CF ha emitido un comunicado en el que dice continuar convencido de la inocencia de sus consejeros y confirma que “utilizará todas las vías legales que el derecho pone a su alcance para defender su inocencia ante las instancias superiores”.

Según el texto, que no es firme y se puede recurrir ante la Audiencia Provincial de Castellón, estas cuotas se habrían soportado a través de la emisión de facturas falsas de diferentes mercantiles y personas subcontratadas por trabajos que no respondían a la realidad, dentro de las obras realizadas en los dos recintos. Esto lleva al Juzgado de lo Penal número 1 de Castellón a condenar a once personas, aunque no todas ellas acumulan la misma pena.

Los condenados son el presidente del club, Fernando Roig, y dos consejeros delegados del Villarreal por los dos delitos; un administrador mercantil de la empresa Estructuras, Viviendas y Carreteras SL como cooperador necesario de los dos delitos y por los que acumula una pena de seis meses de prisión y una multa; dos administradores mercantiles de la firma Spain GES-PRO SL como cooperadores necesarios de dos delitos fiscales en concurso con dos delitos continuados de falsedad en documento mercantil y cinco cooperadores necesarios de un delito continuado de falsedad en documento mercantil por la emisión de facturas falsas.

La sentencia, que absuelve a otros cuatro acusados, incide en que el Villarreal, con el visto bueno de su presidente y la firma de dos de sus consejeros delegados, pagaron a la empresa Estructuras, Viviendas y Carreteras (EVC) con pagarés para eludir el pago del IVA correspondiente, asumiendo y conociendo la facturación ficticia recibida de la constructora.

Según se desprende de los hechos probados de la sentencia, queda “acreditado que la facturación de EVC excedía de los servicios realmente prestados al Villarreal”, pues el club aceptaba “precios sobredimensionados” en ciertos trabajos.

No obstante, el Villarreal, “con el visto bueno de Roig y la firma de sus consejeros delegados con la finalidad de eludir el pago del IVA correspondiente, asumiendo y conociendo la facturación ficticia recibida de la constructora EVC, pagaba las facturas de EVC de dos formas diferenciadas”.

Así, pagaba “con pagarés con vencimiento a varios meses para la facturación real, como era práctica habitual para el pago a proveedores”, mientras que pagaba “con pagarés con vencimiento próximo la facturación irreal”, los cuales se ingresaban en la cuenta bancaria de EVC, la cual “en fechas próximas emitía nuevos pagarés a favor de Spain Gespro SL, cuya cuantía se ingresaba también en fechas cercanas en su cuenta bancaria”.

Desde la misma, “se realizaban retiradas de dinero en efectivo, en billetes de 500 euros o mediante pagarés al portador, destinados supuestamente a los pagos a los subcontratistas de Spain Gespro SL, que, sin embargo, eran cobrados por personal de la propia empresa Spain Gespro SL”, con tal de evitar el pago de IVA, según desprende la sentencia.

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