Bruselas amenaza a España con llevarla al TJUE por obstaculizar que se paguen impuestos desde una cuenta bancaria europea
El Gobierno tiene dos meses de plazo para responder a los requerimientos de la Comisión Europea
Disgusto para España en el primer día de la campaña de la renta. La Comisión Europea ha advertido al Gobierno que debe cambiar las normas tributarias para facilitar el pago de impuestos desde cuentas corrientes abiertas en entidades bancarias ubicadas en otros Estados miembro de la UE. Y tiene que hacerlo en el plazo de dos meses. De lo contrario, la Comisión Europea tendrá las manos libres para acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según ha informado el propio Ejecutivo comunitario es...
Disgusto para España en el primer día de la campaña de la renta. La Comisión Europea ha advertido al Gobierno que debe cambiar las normas tributarias para facilitar el pago de impuestos desde cuentas corrientes abiertas en entidades bancarias ubicadas en otros Estados miembro de la UE. Y tiene que hacerlo en el plazo de dos meses. De lo contrario, la Comisión Europea tendrá las manos libres para acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según ha informado el propio Ejecutivo comunitario este miércoles.
Lo que el Ejecutivo comunitario exige es que se aplique bien el reglamento SEPA, el que regula la zona única de pagos en el territorio de la UE. Las normas españolas obligan a que el servicio de pagos que utilizan los ciudadanos para pagar los impuestos a través de domiciliaciones bancarias tenga el beneplácito de la Agencia Tributaria como “entidad colaboradora”. “En la práctica, esto es muy difícil o engorroso de establecer para los proveedores de servicios de pago extranjeros. Como resultado, estas reglas en realidad impiden el uso de cuentas bancarias de la UE fuera de España”, apunta la Comisión Europea.
El Gobierno español asegura que analizará el dictamen motivado de la Comisión Europea. Pero insiste en “aclarar que España permite pagar sus impuestos desde cualquier cuenta bancaria de Europa y el mundo. La normativa europea ha reconocido que para la Ventanilla Única Europea lo que se precisa son servicios de pago de amplia disponibilidad, como lo es la transferencia”.
Hacienda explica que en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del día 4 de febrero de 2021 se publicó la Resolución de 18 de enero de 2021, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se definen el procedimiento y las condiciones para el pago de deudas mediante transferencias a través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria encomendada a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Y recuerda que con vigencia desde del 15 de marzo de 2021, se permite realizar pagos para quienes no disponen de cuenta abierta en alguna entidad colaboradora en la gestión recaudatoria estatal. “Un procedimiento especialmente destinado para aquellos que realizan el pago de sus deudas desde el extranjero”, explican.
Ya hace un par de años que el Ejecutivo comunitario abrió expediente a España por esta situación. En mayo de 2020 dio el primer paso al enviar una notificación formal al Gobierno de Pedro Sánchez instándole a corregir la situación. Entonces le dio un plazo cuatro meses para que le explicara por qué estaba sucediendo esto. Evidentemente aquella respuesta no ha convencido a Bruselas, que ahora da un segundo paso en el que emite un dictamen razonado y advierte que sin en el plazo de dos meses no recibe “una respuesta satisfactoria” tendrá la puerta abierta para recurrir a la justicia, ya que se habrían cumplido con todos los requerimientos que exige el procedimiento de actuación de infracciones que contempla la normativa europea.
Si finalmente España incumpliera con las exigencias de Bruselas en este caso y perdiera en los tribunales, esto no implicaría multa alguna, ya que la Comisión eligió la vía correctora más larga y menos dura para los Estados miembros. Para llegar a este punto, el Gobierno español debería seguir aplicando mal el reglamento de la zona única de pago, lo que daría pie a que se iniciara un nuevo expediente en el que el Ejecutivo comunitario ya podría pedir a los jueces que impusieran una cantidad a tanto alzado por el incumplimiento.
Los últimos datos conocidos de expedientes abiertos por infracciones sitúan a España a la cabeza de todos los países de la UE. A finales de 2020 tenía abiertos 99 procedimientos, de los que cinco se correspondían a asuntos fiscales y de aduanas. Concretamente, cuatro se deben a retrasos en la trasposición de directivas y uno, que sería el caso que ha dado pie al dictamen conocido este miércoles, a una mala aplicación de reglamentos.
Parte de la culpa de que España encabeza el listado de Estados miembros con expedientes abiertos se debe a los periodos de bloqueo parlamentarios y legislaturas fallidas que España vivió en la segunda mitad de la década pasada, lo que ralentizó mucho la actividad legislativa y la trasposición de normas. En los últimos años, el Ejecutivo ha tratado de subsanar la situación -hace menos de un mes, por ejemplo, salió adelante en el Senado una norma sobre tratamiento de residuos que traspone una directiva comunitaria- no obstante, todavía hay atasco.