El juez interviene Abengoa por completo para facilitar su venta

La resolución quita el poder a los pequeños accionistas para favorecer que el fondo Terramar adquiera la multinacional andaluza

Trabajadores de Abengoa, convocados por los sindicatos, durante una concentración ante la sede sevillana de la multinacional.EFE

La compra de la multinacional andaluza Abengoa por parte del fondo californiano Terramar Capital es más sencilla desde este martes, pese a la triangulación que requiere esta operación de rescate de la compañía, en concurso de acreedores desde el pasado febrero. El juez Miguel Ángel Navarro, titular del Juzgado de Instancia Mercantil de Sevilla que instruye el concurso, ha autorizado a la administración concursal de la compañía a disponer de todo el poder ejec...

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La compra de la multinacional andaluza Abengoa por parte del fondo californiano Terramar Capital es más sencilla desde este martes, pese a la triangulación que requiere esta operación de rescate de la compañía, en concurso de acreedores desde el pasado febrero. El juez Miguel Ángel Navarro, titular del Juzgado de Instancia Mercantil de Sevilla que instruye el concurso, ha autorizado a la administración concursal de la compañía a disponer de todo el poder ejecutivo y desactivar el que conservaba el consejo de administración de Abengoa, para así facilitar la compra de Terramar Capital.

El objetivo del magistrado es favorecer que el fondo estadounidense salve a la multinacional andaluza de su quiebra con 200 millones de euros de financiación, aunque este dinero está condicionado a una ayuda de 249 millones solicitada a la Sociedad Española de Participaciones Industriales (SEPI) y a que la banca aporte nuevas líneas de avales por 300 millones. De momento, tanto la SEPI como la banca siguen estudiando su aportación y no hay luz verde para esos 549 millones. La oferta de Terramar Capital es la única vigente tras la retirada hace dos meses de los hermanos mexicanos Luis y Mauricio Amodio para hacerse con la empresa.

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La administración concursal de la firma, ejercida por el bufete EY, pidió al juez el control total sobre Abenewco1, la filial operativa de Abengoa, y ahora el magistrado le ha concedido esos derechos políticos y económicos reclamados. La resolución motivada sustituye “las facultades de administración y disposición sobre la masa activa” de Abengoa, para propiciar “la eligilibidad de ofertas que haya de valorar, principiando por hacer valer la propia y actual vigente oferta Terramar”, reza el auto del magistrado, dictado ayer martes.

El juez justifica su decisión dadas “la situación crítica de liquidez” que sufre Abengoa y la guerra interna abierta por el control de la compañía —entre Abengoa y los pequeños accionistas críticos—, y que podría impedir que la oferta de compra llegue a buen puerto: “La incertidumbre, falta de seguridad jurídica y eventualidad de impacto negativo” del conflicto societario afectarían al futuro de la firma, destaca el magistrado. La disputa podría hacer fracasar la operación de rescate con dinero estadounidense, según el juez. “El delicado proceso de negociación y de elaboración y desarrollo de la propuesta de convenio actualmente en curso que lo es conforme a la única oferta vinculante existente a la fecha (Terramar) y sin perjuicio de otra/s que pudieren concretarse en tiempo razonable”, añade el magistrado.

Los accionistas críticos, que ahora ven mermado su poder, están unidos bajo la sindicatura de AbengoaShare —con un 21% del capital social, el mayor paquete de acciones—, y fueron los que el pasado enero forzaron la salida de la presidencia del consejo de Gonzalo Urquijo, que había negociado el último rescate. Este grupo de pequeños accionistas rechaza la oferta de Terramar Capital, un fondo que consideran especializado en el desguace de compañías. El auto del juez de lo Mercantil puede recurrirse ante la Audiencia de Sevilla en los próximos cinco días.

Tras la resolución del juez, Abengoa ha comunicado su contenido a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) como hecho relevante: “[La compañía] pasa del actual régimen de intervención al de suspensión de las facultades de la concursada sobre la masa activa y el régimen de intervención de las facultades de los respectivos órganos de administración para el resto de sociedades pertenecientes al grupo de la concursada”.


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