El Gobierno prorroga seis meses el escudo ‘antiopas’ que blinda a las grandes empresas españolas
La norma, aprobada en marzo de 2020 por la covid-19, se amplía hasta finales de este año
El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021 de la protección de los sectores estratégicos de la economía española frente a la compra de compañías extranjeras. La llamada ley “antiopas” se puso en marcha en marzo de 2020, en pleno estallido del coronavirus, para salvaguardar a las empresas de las adquisiciones por parte de firmas de otros países, tras caer su valoración por el derrumbe de los mercados derivado de l...
El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2021 de la protección de los sectores estratégicos de la economía española frente a la compra de compañías extranjeras. La llamada ley “antiopas” se puso en marcha en marzo de 2020, en pleno estallido del coronavirus, para salvaguardar a las empresas de las adquisiciones por parte de firmas de otros países, tras caer su valoración por el derrumbe de los mercados derivado de la pandemia.
Así lo ha anunciado la portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que ha explicado que se trata de una medida que atiende una petición del Ministerio de Industria “para proteger a a las compañías españolas de sectores estratégicos para que tengan seguridad y no puedan tener el intento de compra aprovechando la coyuntura, y que no se perciba como una debilidad consecuencia del covid”.
De esta forma, el Ejecutivo prorroga la conocida como golden share o acción de oro, con la que se reserva la posibilidad de vetar inversiones extranjeras en empresas españolas de sectores considerados estratégicos, que vencía el 30 de junio.
En marzo de 2020, coincidiendo con el estallido de la pandemia, el Gobierno aprobó un real decreto por el que exigía su autorización previa a las inversiones directas extrajeras realizadas por residentes de fuera de la UE y de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), por motivos de seguridad, orden público y salud pública.
Adicionalmente, en noviembre de 2020 introdujo en ese mismo texto una disposición transitoria que establecía que hasta el 30 de junio el Gobierno debe autorizar también las inversiones directas extranjeras protagonizadas por sociedades de la UE y de la AELC sobre empresas cotizadas o incluso sobre las no cotizadas si la inversión supera los 500 millones de euros.
El caso de Naturgy
Esa autorización se exigirá siempre que las empresas pertenezcan a los sectores de infraestructuras críticas, tecnologías críticas y productos de doble uso, o sectores con acceso a información sensible o medios de comunicación.
Una operación que requiere de la autorización del Gobierno es la opa parcial que a finales de enero el fondo australiano IFM lanzó sobre Naturgy, de la que aspira a controlar al menos el 17% del capital.
En la aplicación de esta normativa, se consideran sociedades cotizadas en España aquellas cuyas acciones están admitidas a negociación —todas o en parte— en un mercado secundario oficial español y tienen su domicilio social en el país. La norma considera inversiones directas aquellas en las que el inversor adquiera una participación igual o superior al 10 % del capital social o tome el control de la empresa española.