Abengoa solicita 249 millones al fondo de rescate de la SEPI para salvar su filial Abenewco1

La compañía plantea recuperar el rescate firmado en agosto con la participación del ICO y Cesce y dar entrada al fondo TerraMar como principal accionista

Los trabajadores de Abengoa se manifiestan en Palmas Altas, sede de la compañía en Sevilla, el pasado día 10 de marzo.EUROPA PRESS (Europa Press)

Nuevo capítulo en torno a Abengoa. Este miércoles, los responsables de la compañía, a través de su filial Abenewco1, han presentado a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) la petición de apoyo temporal con cargo al Fondo de Solvencia de Empresas Estratégicas por importe total de 249 millones de euros. Esta solicitud petición se encuadra en la comunicación de información privilegiada publicada el 10 de m...

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Nuevo capítulo en torno a Abengoa. Este miércoles, los responsables de la compañía, a través de su filial Abenewco1, han presentado a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) la petición de apoyo temporal con cargo al Fondo de Solvencia de Empresas Estratégicas por importe total de 249 millones de euros. Esta solicitud petición se encuadra en la comunicación de información privilegiada publicada el 10 de marzo de 2021 en la CNMV en la que se decía que “la sociedad trabajaba en una solución alternativa a efectos de poder cerrar una nueva operación financiera que garantice la estabilidad y el futuro del grupo de sociedades del perímetro de Abengoa y Abenewco1″.

Abenewco1 es la filial a la que traspasó el equipo gestor del grupo traspasó los activos y las actividades más valiosas de la matriz. De esta manera, el grupo busca preservar estos activos y mantener operativa una filial en la que se encuentra el negocio de la compañía y sus cerca de 13.000 empleados y para la que ha alcanzado un acuerdo con el fondo estadounidense TerraMar para darle entrada en su capital.

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El aterrizaje de este fondo se estructura en tres fases sobre la base de la participación estatal mediante el fondo de la SEPI y la financiación del ICO y Cesce, recuperando el rescate firmado en agosto pasado, y una oferta de carácter no vinculante recibida por parte de este inversor, que la empresa presidida ahora por Juan Pablo López-Bravo considera como “la única opción posible en la actualidad”.

Para los accionistas minoritarios, agrupados en AbengoaShares y ahora dirigidos por el inversor Clemente Fernández, “SEPI no puede respaldar una operación de un fondo buitre americano que viene a llevarse una empresa puntera española usando dinero español”. A su juicio, “el consejo de administración trata de implicar al gobierno para legitimar una trama diseñada para quebrar la empresa desde dentro”. AbengoaShares añade que “la ejecución del plan dispararía automáticamente nuevos procesos judiciales desde diversos frentes” y recuerda que los accionistas minoritarios han propuesto aportar capital por hasta 30 millones en repetidas ocasiones. Y termina reseñando que el actual consejo se encuentra “en proceso de cese en junta general, no tiene respaldo del capital social, ni de muchos de sus propios directivos, que ven el plan como una amenaza para los intereses de la empresa sevillana”.

La concesión de la ayuda queda pendiente ahora de que SEPI y los demás órganos competentes completen sus procedimientos internos de due diligence y conformen una respuesta de acuerdo a si se puede considerar dentro de la normativa de empresas afectadas por la crisis de la pandemia. “Habida cuenta que la sociedad está en la actualidad pendiente de la resolución del Tribunal de Instancia Mercantil competente sobre la designación de administración concursal, no se está planteando medida alguna que afecte a la misma”, según la compañía.

La oferta de TerraMar consistiría en proporcionar 150 millones de euros en forma de préstamo y 50 millones en forma de aportación de capital a Abenewco1. El préstamo de 150 millones se dividiría en dos desembolsos, uno inicial de 35 millones que dotaría a Abenewco1 de liquidez en el corto plazo y otro de 115 millones que estaría sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones precedentes. Una vez cumplidas las condiciones precedentes, Abenewco1 realizaría una ampliación de capital que subscribiría TerraMar por un importe de 50 millones, con el objetivo de llegar a ostentar el 70% del capital social de Abenewco1. La oferta está condicionada a que las instituciones financieras de relación de la compañía aporten nueva financiación y nuevas líneas de avales, en línea con los acuerdos firmados y anunciados en agosto 2020.

Las tres fases serían sucesivas. En la primera fase, Abenewco1 recibiría los citados 35 millones en forma de préstamo y dispondría de un avance de una nueva línea de avales por un importe inicial de 40. Por otro lado, estaría prevista la suscripción de un nuevo contrato de restructuración y los compromisos de financiación en dinero y avales con la garantía del ICO y de Cesce. Estos acuerdos estarían sujetos a la obtención de los consentimientos por las diferentes categorías de acreedores, estando previsto que se implementen en la fase 2. La obtención de los mencionados instrumentos de financiación resulta imprescindible para dar continuidad a Abenewco1 y posibilitar las siguientes fases.

En la segunda fase, Abenewco1 estimaría implementar un nuevo acuerdo de reestructuración en línea con el acuerdo firmado en agosto 2020, aplicando ciertos cambios y modificaciones a los instrumentos de deuda actualmente vigentes, que implicarían en todo caso capitalizaciones y quitas y realizando las modificaciones oportunas para incluir la ejecución de la operación de inversión por TerraMar. La ejecución del acuerdo de reestructuración implicaría un cambio en la estructura de capital de Abenewco1, pasando a ser accionistas los principales acreedores de Abenewco1 y el nuevo inversor.

Como consecuencia de ello, se rompería el grupo contable del que ahora es matriz la sociedad y pasará a estar encabezado por Abenewco1 y no por Abengoa SA. Adicionalmente, en esta segunda fase Abenewco1 estimaría tener disponible una financiación sindicada bancaria similar a la firmada y anunciada en agosto 2020 (Financiación ICO) de 250 millones con cobertura ICO por el 70% del importe, de acuerdo con las medidas aprobadas por el Gobierno de España para apoyar a las empresas afectadas por la pandemia y una nueva línea de avales por un importe de hasta 300 millones como ampliación del avance realizado en la fase 1.

Ampliación de capital

Por último, en esta fase 2, TerraMar realizaría el segundo desembolso de la financiación por un importe de 115 millones de euros y Abenewco1 realizaría una ampliación de capital que suscribiría TerraMar para obtener el 70% del capital social de Abenewco 1. Como consecuencia de la ampliación de capital, los nuevos accionistas fruto de la reestructuración descrita anteriormente se verían diluidos, reduciendo sus participaciones a posiciones minoritarias. Asimismo, se estima que se daría por cumplida la condición de reestructuración financiera prevista en el acuerdo de proveedores suscrito el pasado mes de julio de 2020 y se produciría la entrada en vigor y se ejecutaría el referido acuerdo de proveedores.

La última fase de la operación financiera diseñada consistiría en el cierre de la Financiación de la SEPI. Los fondos obtenidos con esta financiación serían destinados principalmente al repago de la Financiación ICO, y el importe sobrante sería utilizado para usos generales de Abenewco1, respetando siempre las limitaciones y normativa aplicable a las financiaciones del apoyo público temporal objeto de la solicitud.

El Consejo de Administración de Abenewco1 entiende que el plan de reestructuración planteado sobre la oferta no vinculante recibida por parte del inversor es la única opción posible, en las circunstancias actuales, para el relanzamiento de Abenewco1 y su grupo de sociedades participadas. De conformidad con lo establecido en el artículo 228.1 del Texto Refundido de la Ley del Mercado de Valores se hace constar que la información contenida en esta comunicación tiene la condición de información privilegiada en los términos descritos en el Reglamento (UE) n.º 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de abril de 2014.

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