El CES detecta desequilibrios y propone cambios en la futura Ley de Vivienda

Plantea no expropiar a los propietarios de un solo piso por tenerlo vacío

El Consejo Económico y Social (CES) cree que la Ley de Vivienda es mejorable y en su dictamen propone varios cambios para darle más seguridad jurídica a algunas de sus regulaciones. Pese a que el órgano consultivo da luz verde al conjunto de la norma, propone otra regulación de la vivienda desocupada, y advierte de la complejidad de llevar a cabo el Fondo de Garantía y Compensación que fija la nueva ley para garantizar a los promotores unos ingresos fijos por la venta de viviendas protegidas.

Aunque el CES reconoce las virtualidades de la primera ley de Vivienda de Euskadi, y el esfue...

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El Consejo Económico y Social (CES) cree que la Ley de Vivienda es mejorable y en su dictamen propone varios cambios para darle más seguridad jurídica a algunas de sus regulaciones. Pese a que el órgano consultivo da luz verde al conjunto de la norma, propone otra regulación de la vivienda desocupada, y advierte de la complejidad de llevar a cabo el Fondo de Garantía y Compensación que fija la nueva ley para garantizar a los promotores unos ingresos fijos por la venta de viviendas protegidas.

Aunque el CES reconoce las virtualidades de la primera ley de Vivienda de Euskadi, y el esfuerzo por cubrir el vacío legal al darle cuerpo normativo a la avanzada regulación vasca, asegura en el capítulo de consideraciones generales que "la regulación de la vivienda deshabitada no es equilibrada".

El canon por el piso deshabitado es una doble imposición y desviará inversiones

Para los miembros del CES, entre representantes sindicales, empresariales, organizaciones sociales y expertos, la actual redacción del anteproyecto "permite mantener una segunda residencia desocupada, al considerarlo causa justificada, pero no contempla para el caso de poseer una única vivienda, supuestos habituales como el de traslado de domicilio por cuestiones meramente personales o por motivos económicos que no puedan considerarse de exclusión o emergencia".

Para el CES, esa formulación es difícilmente justificable con respecto a la libertad de uso que se le supone a un propietario, y entiende que el legislador se equivoca cuando pretende que el propietario de una vivienda única deba destinarla obligatoriamente al alquiler. "Consideramos esto un agravio comparativo en tanto que el 100% de la vivienda pública no sea destinada al alquiler. En la actualidad el plan de vivienda destina el 40%. El tirón de orejas del CES llega incluso a proponer modificaciones al Gobierno vasco. "En los casos de los propietarios de una sola vivienda estas deberían quedar excluidas de la consideración de vivienda deshabitada", sobre todo porque una vez dictaminada la desocupación del piso, las consecuencias pueden resultar muy duras.

Más en concreto, el CES se muestra disconforme con la posibilidad de que a un propietario de una vivienda "no protegida" se le pueda expropiar forzosamente en ese caso de mantenerla desocupada durante un tiempo superior a dos años, "sin que concurra alguna de las causas justificadas previstas como excepción a la declaración de vivienda deshabitada".

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La posición del CES se deriva de una reflexión. Aunque la nueva legislación apueste decididamente por el alquiler, y fuerce la máquina para que los propietarios de viviendas den el paso de alquilarlas, y con ello baje sustancialmente el precio, la norma no se puede llevar al extremo de expropiar su propiedad a una persona que en el ejercicio de su libertad decida mantenerla vacía, y menos cuando se dan más facilidades a quienes tienen dos viviendas.

El CES advierte también de que el canon sobre la vivienda deshabitada que regula le nueva ley se va a convertir en una "doble imposición" al obviar la fiscalidad que soportan las viviendas en su fase constructiva y el gravamen adicional del 50% de la cuota previsto en el Impuesto de Bienes Inmuebles para aquellos de carácter residencial desocupados de forma permanente.

Es más, advierte de que esa multa penaliza las inversiones de vivienda como un medio más de canalizar el ahorro de la renta familiar y puede desviar inversiones hacia otras comunidades autónomas en las que además de no penalizar la posesión de vivienda, exista mayor seguridad jurídica y protección de los derechos de los propietarios.

Igualmente crítico se muestra el CES al evaluar las previsiones legales de la nueva legislación en cuanto a la regulación del alquiler forzoso de la vivienda deshabitada en "ámbitos de acreditada demanda y necesidad de vivienda" y que según el CES afectará a la vivienda libre.

Para los expertos, existe un importante vacío al no regularse la cuantía de las rentas de alquiler en esos casos. "No puede estar referenciada a los alquileres de las viviendas protegidas ya que su rentabilidad por debajo de bonos u obligaciones del Tesoro la situaría en el marco de una expropiación real de rentas", especifica.

Más sensibilidad social

El CES pide más sensibilidad social nuevas formas de compensación. En otra de sus críticas al sistema de arrendamientos forzosos impuestos al propietarios cita que "debería garantizarse la compensación del bien que se arrienda y sus cargas financieras", ya que el precio que ha tenido que pagar su propietario y la carga financiera que pueda soportar no van a reducirse por que el piso sea arrendado a familias de menores ingresos.

Pero además, estima que la medida de obligar a las viviendas vacías a salir al mercado de alquiler va a tener incidencia en el sistema financiero español, ya que los bancos y cajas, con su considerable parque de viviendas, van a ver como esos activos pierden valor, y les va a obligar a dotaciones adicionales, que puede generar más restricciones del crédito a las familias, ante el temor de las entidades prestamistas de tener que destinar a alquiler forzoso las viviendas que se adjudican por el impago de los préstamos.

Como conclusión a este capítulo, el CES dice que el anteproyecto no garantiza la indemnización equivalente al valor del bien expropiado, ni hay equilibrio entre el bien expropiado y su valor de reparación.

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