La mayoría sí cree que la formación "es una amenaza"

La resolución de la Sala del 61 del Tribunal Supremo asegura que Sortu pretende suceder en su actividad a la ilegalizada Batasuna, utilizando para ello una estrategia fraudulenta. La Sala considera que esa posibilidad supone "una amenaza objetiva y grave para la democracia, para el Estado de derecho y para los derechos fundamentales del resto de los ciudadanos, que el Poder Judicial no puede permitir".

El presidente del Supremo y ocho magistrados de la mayoría estiman probado que el fraude de ley fue diseñado por ETA en 2009 y ejecutado en connivencia con Batasuna, utilizando a Sortu co...

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La resolución de la Sala del 61 del Tribunal Supremo asegura que Sortu pretende suceder en su actividad a la ilegalizada Batasuna, utilizando para ello una estrategia fraudulenta. La Sala considera que esa posibilidad supone "una amenaza objetiva y grave para la democracia, para el Estado de derecho y para los derechos fundamentales del resto de los ciudadanos, que el Poder Judicial no puede permitir".

El presidente del Supremo y ocho magistrados de la mayoría estiman probado que el fraude de ley fue diseñado por ETA en 2009 y ejecutado en connivencia con Batasuna, utilizando a Sortu como pantalla para pudiera estar presente en las próximas elecciones municipales. Añaden que la condena por Sortu de la violencia de ETA, la presentación de unos estatutos en los que se afirma su compromiso con los valores democráticos y sus reiteradas declaraciones de utilizar únicamente medios pacíficos como método de acción política, "constituyen un engaño diseñado y ejecutado para conseguir la legalización".

El auto del Supremo, del que ha sido ponente el magistrado Carlos Lemes, analiza numerosos documentos intervenidos a presuntos etarras y a Batasuna, así como también un elevado número de informaciones periodísticas. La prueba principal se contiene en el documento de ETA denominado "Proceso Democrático". Del conjunto de la documentación "se desprende, sin lugar a dudas, el mismo esquema de reparto de tareas entre ETA y Batasuna que se apreció en la sentencia de ilegalización de esta última".

ETA, garante

Según el auto de la Sala del 61, ETA se atribuye a sí misma la cualidad de "garante" del proceso, y afirma que no renuncia a usar la fuerza con atentados y grandes sabotajes y que nunca entregará las armas ni pedirá perdón a las víctimas. Además, ETA dicta las instrucciones de lo que se debe y no se debe hacer a Batasuna, lo que se extiende también a la forma de comunicar la posición de ésta respecto de los atentados de la banda.

La Sala entiende que, a la vista de las pruebas aportadas, cabe estimar que "la actitud aparentemente democrática de Sortu no es real, sino que forma parte de un nuevo fraude de ley de ETA para recuperarse de la situación de debilidad que le ha ocasionado la ilegalización judicial de Batasuna y el acoso de las fuerzas de seguridad. Finalmente, llega a la conclusión de que el auto es plenamente respetuoso con la jurisprudencia, por lo que resuelve prohibir que Sortu se inscriba en el Registro de Partidos.

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