La banca hará publicidad sin autorización previa

Las entidades financieras podrán elaborar sus campañas publicitarias siguiendo una serie de criterios elaborados por el Banco de España sin necesidad de una autorización previa por parte del banco emisor. Así se recoge en la nueva circular 6/2010, de 28 de septiembre, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios que recogía ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El organismo supervisor era hasta ahora el encargado de autorizar el desarrollo comercial de los productos de las entidades. Pero tras la entrada en vigor de la nueva circular, que recoge una orden del 11 de...

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Las entidades financieras podrán elaborar sus campañas publicitarias siguiendo una serie de criterios elaborados por el Banco de España sin necesidad de una autorización previa por parte del banco emisor. Así se recoge en la nueva circular 6/2010, de 28 de septiembre, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios que recogía ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El organismo supervisor era hasta ahora el encargado de autorizar el desarrollo comercial de los productos de las entidades. Pero tras la entrada en vigor de la nueva circular, que recoge una orden del 11 de junio, las entidades tendrán que seguir una serie de principios desarrollados por el Banco de España para la elaboración de sus campañas, pero sin necesidad de autorización previa.

Los criterios del Banco de España instan a las entidades a promover "la claridad, objetividad y el carácter no engañoso" de los mensajes publicitarios, así como la exigencia de contar con procedimientos y controles internos.

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