Condena de 83 años a un jefe de ETA tras el alto el fuego

La Audiencia Nacional condenó ayer a 83 años de cárcel al ex jefe de ETA Gorka Palacios en la primera sentencia contra un responsable militar de la organización desde el alto el fuego del pasado día 5. La resolución lo considera coautor del atentado con coche bomba que mató al policía Luis Ortiz el 10 de julio de 2001 en la calle Ocaña de Madrid.

El tribunal cree probado que Palacios robó el coche en el que se puso la bomba, preparó el artefacto que se colocó en su interior, y recopiló toda la información necesaria para cometer el atentado. Los magistrados Ángela Murillo (presidenta), T...

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La Audiencia Nacional condenó ayer a 83 años de cárcel al ex jefe de ETA Gorka Palacios en la primera sentencia contra un responsable militar de la organización desde el alto el fuego del pasado día 5. La resolución lo considera coautor del atentado con coche bomba que mató al policía Luis Ortiz el 10 de julio de 2001 en la calle Ocaña de Madrid.

El tribunal cree probado que Palacios robó el coche en el que se puso la bomba, preparó el artefacto que se colocó en su interior, y recopiló toda la información necesaria para cometer el atentado. Los magistrados Ángela Murillo (presidenta), Teresa Palacios (ponente) y Juan Francisco Martel aseguran que el ex jefe militar, detenido en Francia en 2003, fue además la persona encargada de realizar la llamada para avisar de la colocación del explosivo. Por esa razón, el tribunal lo declara autor de un delito de asesinato terrorista, otro de estragos terroristas, cuatro de lesiones terroristas y 16 faltas de lesiones.

Los magistrados sostienen la condena únicamente en los testimonios coincidentes ante la policía y el juez de otros dos etarras -Aitor García y Ana Belén Egüés- ya condenados por ese mismo atentado, aunque el Tribunal Constitucional reitera que los fallos basados en testimonios de otros imputados solo son válidos si los confirma algún "elemento externo" (otra prueba).

La sentencia afirma que "no es sostenible" que Egüés y García "se inventasen por separado lo que resultó ser del mismo tenor". "Parece más que ilógico" que si otro etarra cuenta "un hecho que solo en parte se confirma, se descarte el resto", cuando el tribunal "sencillamente" no ha tenido "mecanismos para la confirmación", añade la resolución.

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