PUNTO DE OBSERVACIÓN | OPINIÓN

Valores democráticos

El pluralismo político, como la libertad de expresión, son derechos fundamentales sin los que el sistema democrático deja de existir y merecen una protección constitucional reforzada y atenta. Como la libertad de expresión, el pluralismo político tiene también unos límites, pero deben ser los mínimos posibles de manera que la esencia de ese derecho no quede nunca sometida a otro interés.

Lo notable de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional respecto a las candidaturas de Iniciativa Internacionalista-La Solidaridad entre los Pueblos, en las próximas elecciones europeas, no es q...

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El pluralismo político, como la libertad de expresión, son derechos fundamentales sin los que el sistema democrático deja de existir y merecen una protección constitucional reforzada y atenta. Como la libertad de expresión, el pluralismo político tiene también unos límites, pero deben ser los mínimos posibles de manera que la esencia de ese derecho no quede nunca sometida a otro interés.

Lo notable de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional respecto a las candidaturas de Iniciativa Internacionalista-La Solidaridad entre los Pueblos, en las próximas elecciones europeas, no es que los garantes de la Constitución autoricen esas candidaturas, sino que los jueces de la Sala Especial del Tribunal Supremo las hubieran anulado sin tener otra cosa que indicios de "insuficiente entidad probatoria". Lo notable en este caso es que el Tribunal Supremo invalidó unas candidaturas políticas a partir de sospechas y convicciones que "por razonables que puedan resultar en términos políticos", según el Tribunal Constitucional, no constituían, en absoluto, pruebas objetivas ni subjetivas que abonaran la existencia de una trama al servicio de una organización terrorista.

La Constitución no permite excluir ninguna ideología por sus contenidos ni por sus fundamentos
Lo inquietante es que el Tribunal Supremo aceptara una anulación basándose en sospechas y convicciones

Eso es lo importante, y lo que debería llamarnos la atención de este caso, porque es grave que se haya intentado limitar el derecho de participación política y menoscabado el valor del pluralismo político sin tener pruebas contundentes que apoyaran esa seria decisión.

Es explicable que la opinión pública tenga grandes sospechas y temores cada vez que se aproxima un proceso electoral y aparece una nueva candidatura vinculada a la izquierda abertzale. Todos estamos sometidos a la presión que ejerce el terrorismo y hay precedentes probados en los que quedó de manifiesto la voluntad de perpetuarse de Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna, organizaciones todas ellas declaradas ilegales en marzo de 2003 por estar al servicio de ETA. Pero esa legítima sospecha de los ciudadanos no puede traducirse en decisiones legales que perjudiquen un derecho tan básico como el de participar en unas elecciones, porque los perjudicados finalmente no son sólo las candidaturas de IIS, sino el conjunto de la ciudadanía, a la que, sin ser consciente de lo que está sucediendo, se le van recortando derechos mediante interpretaciones jurídicas cada vez más restrictivas.

La sentencia del Tribunal Constitucional, con una reseñable unanimidad, es importante porque sale al paso, seriamente, de una tendencia que se ha ido extendiendo peligrosamente: "El riesgo de que, confundiendo la ideología profesada por un partido y los medios utilizados y defendidos para promoverla, se termine por perjudicar a quien comparte esa misma ideología"; se termine por violentar su derecho a expresarse y a promover su participación política.

La Constitución española, como recuerda el TC, no permite excluir ninguna ideología por sus contenidos, sus fundamentos "ni por los medios de los que eventualmente quieran valerse quienes la defienden". "Dichos medios", explica el Tribunal, "serán inaceptables si son violentos, pero sin perjuicio alguno para la ideología a la que pretenden servir".

En el caso de Iniciativa Internacionalista, el Tribunal Constitucional advierte que de los documentos presentados puede razonablemente deducirse que ETA y el partido político ilegalizado (Batasuna) conceden cierta relevancia a las elecciones europeas, e incluso que pretenden servirse de alguna manera de esa oportunidad para sus fines. Pero lo que no ha quedado demostrado con suficiente valor probatorio es que la coalición IIS fuera el instrumento elegido para ello. Y eso no es una minucia ni algo que pueda suponerse sin poner en riesgo el derecho básico del pluralismo político.

Lo que el Tribunal Constitucional ha recordado en esta ocasión es que la izquierda abertzale como expresión ideológica "no ha sido proscrita ni podrá llegar a serlo". ETA y Batasuna no creen que las ideologías deban ser absolutamente libres, como demuestran con sus asesinatos y con la violencia que ejercen contra los no nacionalistas, pero en este país, afortunadamente, la Constitución establece otra cosa y el poder público, el Tribunal Supremo, debió ser, precisamente, la primera garantía de que eso es así. Es inquietante que el máximo órgano judicial aceptara una anulación basándose en sospechas y convicciones, y magnífico que el Tribunal Constitucional se haya mostrado inflexible.

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