Tribuna:

El Supremo y la 'operación biquini'

Parece que la operación biquini, esa pérdida de peso que por estas fechas realiza un buen porcentaje de la población para que les entre el bañador del año pasado, ha llegado al Supremo. Da la impresión de que el alto tribunal va soltando lastre y esta misma semana ha absuelto por aplicación de la prescripción al ex banquero y ex financiero Javier de la Rosa de su participación en el caso Croesus, por el que la Audiencia Nacional le había condenado a cuatro años y ocho meses. También ha absuelto al abuelo que violó a su nieta de ocho años con un pene de madera y abusó sexualmente ...

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Parece que la operación biquini, esa pérdida de peso que por estas fechas realiza un buen porcentaje de la población para que les entre el bañador del año pasado, ha llegado al Supremo. Da la impresión de que el alto tribunal va soltando lastre y esta misma semana ha absuelto por aplicación de la prescripción al ex banquero y ex financiero Javier de la Rosa de su participación en el caso Croesus, por el que la Audiencia Nacional le había condenado a cuatro años y ocho meses. También ha absuelto al abuelo que violó a su nieta de ocho años con un pene de madera y abusó sexualmente de ella durante más de 15 años.

La socorrida prescripción, querido lector, es una figura legal por la que se extingue la responsabilidad criminal debido al transcurso del tiempo. El fundamento es que la condena no se aleje mucho en el tiempo del momento en que se cometió el delito, porque el derecho del Estado a perseguir al culpable no debe ser eterno.

De la Rosa y un abuelo abusador, absueltos por prescripción

Seguramente, el conocer la ajustada interpretación legal de la prescripción que ha realizado el Supremo no consolará a la nieta, que ha visto cómo su abuelo queda libre como el viento -en la Audiencia había sido condenado a 8 años y 6 meses por abusos sexuales- después de tres lustros de pertinaz persecución y que ella no denunció porque pensó que nadie la iba a creer. Lo hizo únicamente cuando, a los 22 años y padeciendo estrés postraumático, ansiedad y depresión, pudo grabar con su teléfono móvil a su abuelo que hasta en cinco ocasiones le ofrecía 20 euros por darle un beso "en el chocho". Es decir, que la persecución del culpable no puede ser infinita, pero la frustración de las víctimas, sí.

Diferente es la situación de De la Rosa, absuelto ahora tras una peripecia jurídica. El caso Croesus se refiere a una desviación de fondos de 27,4 millones de dólares, ordenada por Javier de la Rosa, desde el Grupo Torras a Croesus Ltd, una sociedad ficticia, para ocultar que el dinero era desviado en favor del propio De la Rosa o de terceros. La Audiencia declaró prescrito el caso en 2003, pero el Supremo estimó que la prescripción no era aplicable y ordenó que se volviera a juzgar la operación con un tribunal diferente. La Audiencia condenó entonces al financiero a cuatro años y ocho meses por apropiación indebida y falsedad. Pero De la Rosa recurrió al Supremo, que, ahora sí, ha estimado que los hechos han prescrito.

De la Rosa, que lleva entrando y saliendo de la cárcel desde 1994, está condenado por otros procesos a 16 años de prisión, aunque en la actualidad se encuentra en tercer grado, es decir, que sólo va a prisión a dormir.

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No obstante, parece que los banqueros y grandes empresarios gozan de un suplemento extra de inocencia, pues resultan absueltos con notable frecuencia. De la Rosa lo ha sido en no pocas ocasiones y también Alberto Cortina y Alberto Alcocer, Los Albertos -condenados inicialmente a tres años y cuatro meses por estafa y falsedad a raíz del caso Urbanor-, lo fueron por aplicación de una nueva doctrina del Constitucional sobre la prescripción. Ese plus de inocencia de los banqueros parece más que una leyenda urbana, puesto que en el Tribunal Supremo el ex presidente del BBVA Emilio Ybarra fue exculpado del delito de apropiación indebida por el que había sido condenado en la Audiencia Nacional y el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, lo fue también en dos ocasiones. En el caso de las jubilaciones millonarias de los directivos José María Amusátegui y Ángel Corcóstegui -43,7 y 108 millones de euros, respectivamente-, el Supremo precisó que transgredían ostensiblemente los topes máximos que rige la ética y podían "repugnar socialmente", pero absolvió a Botín porque, aunque no fuera moral, los pagos a los ejecutivos no constituían delito alguno. Y en el caso de las cesiones de crédito, por presuntos delitos fiscales y falsedad, que sesteaba por la Audiencia desde 15 años antes, el alto tribunal utilizó para absolver a Botín el mismo resquicio legal que un par de meses antes había servido para condenar al presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa.

Estoy convencido, querido lector, de que su indulgencia le permitirá disculpar la aplicación de la prescripción a los banqueros por pecadillos con los que se han hecho más ricos. Pero, ¿no le parece que también los ciudadanos deberíamos beneficiarnos de la prescripción de los créditos no pagados y de las deudas contraídas con los bancos? ¿A que sí?

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