Un padre es absuelto de abusos a su hija tras cuatro años sin régimen de visitas

Un padre que lleva cuatro años sin derecho de visita a su hija ha sido absuelto de abusar sexualmente de ella porque las lesiones genitales que presentaba se debían a que ella misma se rascaba por tener lombrices. El Juzgado penal 7 de Sevilla dice que existe una "alta probabilidad" de que las lesiones de la niña se debiesen a que ella misma se rascaba, y añade que su afirmación de que el padre le causaba las heridas pudo deberse al "ambiente de tensión" familiar, donde la niña "oía constantes frases despreciativas" hacia su progenitor.

El abogado Rafael Caballero, que defendió al padre...

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Un padre que lleva cuatro años sin derecho de visita a su hija ha sido absuelto de abusar sexualmente de ella porque las lesiones genitales que presentaba se debían a que ella misma se rascaba por tener lombrices. El Juzgado penal 7 de Sevilla dice que existe una "alta probabilidad" de que las lesiones de la niña se debiesen a que ella misma se rascaba, y añade que su afirmación de que el padre le causaba las heridas pudo deberse al "ambiente de tensión" familiar, donde la niña "oía constantes frases despreciativas" hacia su progenitor.

El abogado Rafael Caballero, que defendió al padre M.A.T.B., informó ayer de que debido a esta denuncia, su cliente lleva cuatro años sin ver a su hija, desde marzo de 2004, cuando el juez le retiró además el ejercicio conjunto de la patria potestad que tenía desde la separación matrimonial. La sentencia destaca que, ante la falta de pruebas, el propio fiscal desechó en el juicio la acusación por abusos sexuales, por los que había pedido tres años de cárcel, cinco de retirada de la patria potestad y el pago de una indemnización de 3.000 euros.

En 2004, el acusado recogió a su hija, entonces de 2 años, en virtud del derecho de visitas y durante el tiempo que permaneció con ella "no consta que llegase a tocar los genitales a su hija con la intención de satisfacer sus deseos libidinosos".

Además, añade la juez del caso, la menor nunca estuvo a solas con su padre y era aseada por la compañera del acusado, que en el juicio declaró que "ella estaba muy tranquila" y le dejaba a los propios hijos nacidos de otra unión. Según dijo el forense en el juicio, no se podía descartar que la propia niña se rascase la zona genital durante la noche, debido al picor que le producían las lombrices, lo que justificaría la persistencia de las rojeces cuando ya la menor no tenía ningún contacto con el acusado.

La sentencia recuerda que la madre M.L.G. fue denunciada por no dejar a su ex esposo llevarse a la niña, por lo que sus manifestaciones "son altamente interesadas y con una subjetividad negativa hacia el acusado". Junto a ello, el acusado "no está dentro del patrón de un sujeto pedófilo", según los expertos. La menor "estaba más que influenciada por la madre y lo que le decía la familia materna" como para conseguir que declarase "lo que quieran en contra del padre", según el veredicto.

El letrado del acusado anunció que pedirá la suspensión del régimen de visitas, la custodia de la niña e incluso una indemnización por carecer de régimen de visitas durante cinco años.

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