El tipo de interés legal del dinero para 2008 se sitúa en el 5,5%

El Boletín Oficial del Estado despidió el año con la publicación del tipo de interés legal del dinero para el año 2008: el 5,50%, según el BOE del 27 diciembre 2007. Este tipo sirve de referencia para diferentes operaciones de la Administración con ciudadanos y viceversa. De acuerdo con el Código Civil, es el que se aplica como indemnización de daños y perjuicios cuando el deudor incurriese en mora y no se haya pactado un interés determinado.

Este tipo es más elevado que el precio del dinero establecido por el Banco Central Europeo, situado ayer en el 4%, y más que el Euríbor a un año, ...

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El Boletín Oficial del Estado despidió el año con la publicación del tipo de interés legal del dinero para el año 2008: el 5,50%, según el BOE del 27 diciembre 2007. Este tipo sirve de referencia para diferentes operaciones de la Administración con ciudadanos y viceversa. De acuerdo con el Código Civil, es el que se aplica como indemnización de daños y perjuicios cuando el deudor incurriese en mora y no se haya pactado un interés determinado.

Este tipo es más elevado que el precio del dinero establecido por el Banco Central Europeo, situado ayer en el 4%, y más que el Euríbor a un año, el 4,46%. Los depósitos en bancos y cajas están remunerados al 4,25% de medida.

El BOE también fijó el tipo de interés de demora a efectos de la Ley General Tributaria: el 7%. Por otro lado, el tipo de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre del año 2008 es el 11,20%, según el BOE del 7 enero 2008. Con esto datos, queda fijado el tipo máximo aplicable al descubierto en cuenta, que es 2,5 veces el interés legal del dinero, es decir, el 13,75%. Estos tipos sirven de referencia para establecer la usura, aunque la Ley de Enjuiciamiento Civil dice lo determinará un tribunal.

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