El juez archiva el caso por los incidentes de Antonio Losada

Los policías "negaron que hubiese insultos y amenazas", según el auto

La Justicia ha dado carpetazo a los incidentes protagonizados por Antonio Losada con los agentes de la policía autonómica que denunciaron al secretario general de Vicepresidencia por "vejación y desobediencia" a la autoridad. En un auto de cinco folios, el juez constata los incidentes del 'número dos' de Vicepresidencia con los agentes, pero los circunscribe a "una cuestión de carácter ajena por completo al Derecho penal".

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Santiago concluye que el incidente protagonizado por el secretario general de Vicepresidencia, Antonio Losada, con o...

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La Justicia ha dado carpetazo a los incidentes protagonizados por Antonio Losada con los agentes de la policía autonómica que denunciaron al secretario general de Vicepresidencia por "vejación y desobediencia" a la autoridad. En un auto de cinco folios, el juez constata los incidentes del 'número dos' de Vicepresidencia con los agentes, pero los circunscribe a "una cuestión de carácter ajena por completo al Derecho penal".

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Santiago concluye que el incidente protagonizado por el secretario general de Vicepresidencia, Antonio Losada, con ocho agentes de policía en las instalaciones de San Caetano los días 7, 8 y 12 de febrero no tiene alcance penal, ni siquiera la calificación de falta que había reclamado en su último informe el ministerio fiscal. Se archiva así el caso del enfrentamiento que el número dos de Vicepresidencia mantuvo con los agentes de la policía autonómica que impidieron (siguiendo órdenes de la Consellería de Presidencia) la entrada en San Caetano a una furgoneta de una empresa cristalera, contratada por Losada, para cambiar un rótulo con la palabra Vicepresidencia da Igualdade e do Benestar y sustituirlo por otro en el que sólo se leyera la palabra Vicepresidencia.

El auto de exculpación se basa en el testimonio de los funcionarios policiales, quienes "negaron expresamente que existiera en modo alguno expresión por parte del imputado Antonio Losada que pudiera considerarse insultante, amenazante o vejatoria".

El juez constata sin embargo que Losada "en voz alta y con su cara pegada a la de un policía les exigió a los agentes que se marchasen de su departamento, pues él era allí la máxima autoridad" y añade que el secretario general hizo "gestos sobre si iba a ser esposado" y advirtió a los funcionarios de que si no se marchaban, "procedería a denunciarlos". Ese comportamiento que los policías definieron en sus atestados y en su declaración en el juzgado como "desobediencia, entorpecimiento y vejación" los califica el juez como "una cuestión de carácter ajena por completo al Derecho penal", si bien el auto admite que el proceder de Antonio Losada "pudo ser otro".

No obstante, el fallo asegura que "no se puede dejar de tener en cuenta para valorar la conducta del secretario general" que fueron los propios "policías adscritos al departamento de Vicepresidencia" los que trataron de impedir el cambio de los rótulos que había autorizado Antonio Losada, "con lo que en buena lógica cabe presumir que se le está cuestionando su propia autoridad, la máxima después del propio vicepresidente, a ejercer en su propio departamento". El argumento del juez contradice las tesis de la Consellería de Presidencia, que defiende que suyas son las competencias sobre la señalización de las instalaciones oficiales, así como sobre el acceso a las dependencias de los edificios administrativos.

En el primero de sus fundamentos de derecho, el juez alude también al informe del fiscal y recuerda que el ministerio público determinó que la conducta de Antonio Losada puede constituir una infracción catalogada en el artículo 634 del Código Penal como "falta al respeto o consideración debida a la autoridad o sus agentes", pero no alude a una "falta de desobediencia leve". En el auto añade que la decisión del fiscal de no incluir esa última calificación "vincula al juzgador" y le impide decidir sobre ese extremo concreto.

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No hay delito de daños

El juez tampoco entra a juzgar los presuntos delitos de daños y malversación de caudales públicos, dado que los desperfectos ocasionados por el propio Losada -cuando él mismo, subido a una banqueta, se dedicó a raspar el letrero oficial de las dependencias de Vicepresidencia- no rebasan el mínimo establecido en el Código Penal.

En su párrafo final el auto concluye que las diligencias practicadas para el esclarecimiento de los hechos dejan entrever "una patente y manifiesta falta de coordinación administrativa entre las máximas autoridades de la Xunta de Galicia".

Antonio Losada, a la salida del juzgado donde prestó declaración el pasado mes de mayo.ANXO IGLESIAS

"Descrédito" a la policía

El Sindicato Unificado de Policía manifestó ayer su "sorpresa" por una resolución judicial que "desacredita a los funcionarios de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y los rebaja ante el poder político". Su portavoz, José Freire, dijo respetar el auto del juez, aunque se mostró contrariado por algunas de sus argumentaciones jurídicas.Recuerda que los agentes del Cuerpo Nacional de Policía adscritos a la Comunidad Autónoma dependen orgánicamente de la Consellería de Presidencia del Gobierno gallego y en absoluto están adscritos ni obedecen al departamento de Vicepresidencia, aunque algunos de los agentes tengan encomendada la custodia de las instalaciones de este último. El sindicato policial defiende que los agentes que participaron en el altercado con Losada ratificaron sus atestados ante el juez. La asesoría jurídica del SUP estudia el auto por si cabe contra él algún tipo de recurso.

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