Indemnizada con 78.100 euros por fracturarse dos vértebras en una atracción

El Juzgado de Instrucción número 1 de Madrid ha condenado a Cisne Seguros y a la empresa XTRM, SL a indemnizar con 78.100 euros a una mujer que se rompió dos vértebras en una atracción. Ocurrió en octubre de 2005 dentro de la exposición Expotural instalada en el Pabellón de Cristal de la Casa de Campo.

Según la sentencia, del pasado 30 de enero, Diana R. P., de 26 años, se subió a la atracción Funny Ball, una gran bola de PVC en cuyo interior hay otra donde va el usuario, que desciende por una colchoneta hasta una moqueta rodeada por una red.

Al llegar al final, la mujer q...

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El Juzgado de Instrucción número 1 de Madrid ha condenado a Cisne Seguros y a la empresa XTRM, SL a indemnizar con 78.100 euros a una mujer que se rompió dos vértebras en una atracción. Ocurrió en octubre de 2005 dentro de la exposición Expotural instalada en el Pabellón de Cristal de la Casa de Campo.

Según la sentencia, del pasado 30 de enero, Diana R. P., de 26 años, se subió a la atracción Funny Ball, una gran bola de PVC en cuyo interior hay otra donde va el usuario, que desciende por una colchoneta hasta una moqueta rodeada por una red.

Al llegar al final, la mujer quedó en mala postura y se rompió dos vértebras cervicales. Pasó 68 días en el hospital de La Paz y tardó casi un año en restablecerse. Además, vivió un mes "tumbada en la cama boca arriba, con la cabeza y el cuello inmovilizados", según la denuncia que presentó en el juzgado de guardia. Durante ese tiempo, sólo pudo ingerir bebidas, natillas, yogures y otros alimentos blandos con pajita y la ayuda de terceras personas. Tenía un "grandísimo cuidado de no atragantarme por la inmovilidad total que debía guardar", explicó.

La sentencia señala que su lesión era "previsible, prevenible y, desde luego, evitable". Responsabiliza penalmente al jefe de seguridad de la atracción, que reconoció en la vista que quitó los arneses de sujeción siguiendo las indicaciones del fabricante del aparato y del manual de uso.

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, también condena al responsable de seguridad de la atracción al pago de 45 euros de multa por una falta de lesiones por imprudencia leve.

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