Reportaje:

70 años de pleito sobre un testamento

Una juez reconoce a los herederos del marqués de Cerralbo, gran coleccionista de arte, la propiedad de dos pisos del museo

Una juez de Madrid ha puesto fin, por ahora, a 70 años de reclamaciones y pleitos sobre la herencia del XVII Marqués de Cerralbo, fallecido en 1922, y ha otorgado a 55 de sus herederos, pertenecientes a cinco familias de la nobleza española, los dos últimos pisos del palacio que ocupa el Museo Cerralbo de Madrid. Los pisos, de los que se apropió por la fuerza el Ministerio de Cultura en 1962, ocupan unos mil metros en una de las zonas más caras de Madrid y contuvieron muebles, tapices y documentos seculares que fueron arrumbados a un sótano "en una época en que el Estado de Derecho brillaba po...

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Una juez de Madrid ha puesto fin, por ahora, a 70 años de reclamaciones y pleitos sobre la herencia del XVII Marqués de Cerralbo, fallecido en 1922, y ha otorgado a 55 de sus herederos, pertenecientes a cinco familias de la nobleza española, los dos últimos pisos del palacio que ocupa el Museo Cerralbo de Madrid. Los pisos, de los que se apropió por la fuerza el Ministerio de Cultura en 1962, ocupan unos mil metros en una de las zonas más caras de Madrid y contuvieron muebles, tapices y documentos seculares que fueron arrumbados a un sótano "en una época en que el Estado de Derecho brillaba por su ausencia".

La sentencia de la juez número 63 de Madrid, Lourdes Menéndez González Palenzuela, ha resuelto por ahora un maremágnum de pleitos y reclamaciones sobre el testamento del XVII marqués de Cerralbo, Enrique de Aguilera y Gamboa, fallecido en 1922, y que instituyó un museo en el palacio levantado en 1894 entre las calles de Ventura Rodríguez, Ferraz y Mendizábal, en el entonces ensanche madrileño de Argüelles. El pleito ha sido ganado por uno de los descendientes directos del marqués, Juan Francisco Martín de Aguilera, Conde de la Oliva de Gaytán, uno de los más veteranos y respetados abogados del foro de Las Salesas, que ha representado a los demás herederos.

Sin previo aviso a los herederos, la directora ordenó descerrajar y desprecintar los pisos
Al morir la marquesa de Villahuerta, en el año 1927, comenzó la controversia
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Enrique de Aguilera y Gamboa (1845-1922), XVII Marqués de Cerralbo, aristócrata, miembro activo del partido carlista, coleccionista y arqueólogo recorrió Europa en compañía de su familia visitando museos y adquiriendo pinturas, esculturas, cerámicas, tapices, muebles, obras de arte y objetos arqueológicos que reunió en la que llegó a considerarse la colección privada de arte más completa del país.

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Las colecciones quedaron instaladas en el piso principal y en la gran escalera del palacio de Cerralbo. Poco antes de su muerte, ocurrida el 27 de agosto de 1922, el marqués legó sus colecciones, muebles y objetos "a la Nación española" y dispuso que "por siempre jamás quede el piso principal, portería y gran escalera de la finca destinado a contener todas las colecciones". El testador dejó en usufructo los pisos segundo y tercero del palacio a su hija política, la marquesa de Villahuerta, que lo utilizó como vivienda privada hasta su muerte, en enero de 1927.

Con el fallecimiento de la marquesa se extingue el usufructo y empieza la controversia. Según el abogado del Estado, el edificio habría pasado a ser propiedad del Estado, que al aceptar el legado del marqués instituyó una fundación de carácter cultural para el mantenimiento del museo. Según los herederos, al extinguirse el usufructo se recuperó la propiedad del edificio para los adjudicatarios de la herencia, puesto que el marqués legó al Estado las colecciones de arte, pero no la propiedad del inmueble.

Lo cierto es que durante años los herederos utilizan los pisos segundo y tercero del palacio como un gran cuarto trastero. El abogado Martín de Aguilera lo explica así: "Durante siglos mi familia vivió en palacios y, cuando tuvo que hacerlo en pisos, todos esos muebles gigantes y cuadros y tapices enormes no cabían en nuestras casas". Así que los fueron depositando en los dos pisos superiores del palacio de Cerralbo, a los que llevaron también los archivos de las casas nobiliarias de Fuenrubia, Oliva de Gaytán, Alba de Yeltes, Casasola y Monroy.

Los herederos intentaron solucionar la cuestión con las autoridades de la época, pero la Guerra Civil interrumpió las negociaciones. Tras la guerra y a lo largo de los años cuarenta y cincuenta, intentan vender al museo los dos pisos superiores del inmueble, pero el patronato que rige la institución no contesta.

En 1962 fue nombrada directora del museo Consuelo Sanz Pastor, sobrina del ministro de Educación de la época, José Ibáñez Martín. Sin previo aviso a los herederos, la directora ordena descerrajar y desprecintar los dos pisos, se apropia de cuadros y muebles para el museo -aunque los herederos aseguran que ninguno de ellos se vio después en las salas de exposición- y arrincona archivos y documentos datados desde el siglo XIV y pertenecientes a cinco casas nobiliarias en los sótanos del edificio. Meses después, los herederos tuvieron que hacerse cargo de los documentos, que encontraron enmohecidos por la humedad y en un estado lamentable.

Las protestas, reclamaciones y requerimientos notariales no sirvieron de nada. La directora del museo alegó que había peligro de hundimiento por el peso de los muebles y de los archivos y que por eso los había bajado al sótano. Durante su mandato se consuma una reforma encargada al arquitecto Fernando Chueca Goitia, en la que desaparece el tercer piso del edificio.

La situación permanece invariable hasta que en 1999 el Abogado del Estado promueve una demanda declarativa de dominio a favor del Estado frente a los "ignorados herederos" del marqués de Cerralbo, a los que cita por edictos. Los herederos se enteran por verdadera casualidad: uno de ellos, "enfermo en la cama y sin nada mejor que hacer, se dedica a leerse todos los periódicos de cabo a rabo y se tropieza con el edicto", relata Martín de Aguilera.

Tras una larga serie de incidentes procesales, la juez Lourdes Menéndez ha establecido, en una extensísima y prolija sentencia, que el XVII marqués de Cerralbo "quiso legar sus colecciones y fundar con ellas un museo", pero "no quiso además incluir en el legado ninguna parte de su casa-palacio, cuyo piso principal, gran escalera y gran portal únicamente dispuso que estuvieran destinados a albergar las colecciones, afección ésta de la que en ningún modo se desprende el derecho de propiedad del Estado español".

Sin embargo, dado que el Estado ha poseído pacíficamente, en concepto de dueño y durante más de 30 años el piso principal y demás dependencias donde están las colecciones, la juez concede que se han cumplido todos los requisitos para adquirir la propiedad por usucapión o prescripción extraordinaria.

Respecto a los pisos segundo y tercero del palacio, la juez explica que desde 1962 hasta 2001, en que los herederos acaban de contestar a la demanda, han pasado cerca de 40 años en que el Estado ha poseído al menos la segunda planta de edificio, una vez demolida la tercera, por lo que podría haberse apreciado la adquisición de la propiedad por usucapión (adquisición de una propiedad o de un derecho real mediante su ejercicio). Pero esa posesión por el Estado, aunque ha sido "pública y en concepto de dueño", nunca ha sido "pacífica", por lo que ha faltado el requisito para apreciar la adquisición por usucapión.

Según la juez, a lo largo del tiempo, los herederos han evidenciado su desacuerdo con el Estado, sobre todo a partir del comienzo de la posesión "de forma violenta" por la Administración en 1962. Y el Estado, "en lugar de tratar de resolver sus diferencias con los herederos de modo negociado o recabando el auxilio de los tribunales", decide "autotutelar" la situación "de forma no ajustada a derecho" rompiendo las cerraduras y abriendo las plantas sin consentimiento de los herederos.

Esa actuación sólo se explica, escribe la juez, "como propia de una época en que el Estado de Derecho brillaba por su ausencia, las garantías reales para los derechos de los ciudadanos eran inexistentes y el poder coactivo del Estado estaba institucionalizado como principal resorte del sistema político imperante".

En definitiva, la sentencia declara al Estado propietario del piso principal, gran escalera y portería en la casa-palacio; y a los herederos, propietarios de los pisos segundo y tercero -este último hoy demolido- de la casa-palacio del XVII marqués de Cerralbo. Pero contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, por lo que previsiblemente los 70 años de pleito se prolongarán aún unos cuantos más.

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