Cartas al director

Una trayectoria ejemplar

Que en España rige en el proceso penal el llamado principio acusatorio significa que son las acusaciones -pública y particulares- personadas en un procedimiento quienes deben instar las medidas cautelares personales de los imputados, funcionando el órgano instructor como "juez de garantías" entre las peticiones de las acusaciones y defensas.

Quiérese decir que en el caso del procesado excarcelado, que no huido, del sumario del 11-M hubiera correspondido a las acusaciones -entre ellas la que ejerce Alcaraz en nombre de la AVT, que parece ser no la instó- el solicitar la prórroga de la pr...

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Que en España rige en el proceso penal el llamado principio acusatorio significa que son las acusaciones -pública y particulares- personadas en un procedimiento quienes deben instar las medidas cautelares personales de los imputados, funcionando el órgano instructor como "juez de garantías" entre las peticiones de las acusaciones y defensas.

Quiérese decir que en el caso del procesado excarcelado, que no huido, del sumario del 11-M hubiera correspondido a las acusaciones -entre ellas la que ejerce Alcaraz en nombre de la AVT, que parece ser no la instó- el solicitar la prórroga de la prisión preventiva cuando se agotan los plazos máximos.

En los casi 15 años de ejercicio profesional, habiendo asumido asuntos de los llamados "de enjundia", puedo decir que don Juan del Olmo es un ejemplo de educación, dedicación, honestidad y profesionalidad, alejado del estrellato y exhibicionismo impúdico, tan frecuente, lamentablemente, en el órgano judicial como la Audiencia Nacional.

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Valga por tanto la presente para reconocer la trayectoria siempre garantista del juez citado y esperar que no se cometa la injusticia y el error -enorme- de apartarle de la carrera judicial o trasladarle de destino: los profesionales que ejercemos la abogacía lo lamentaríamos mucho.

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