Un tribunal niega que los aviones causen un ruido "insoportable" en Santo Domingo

El vuelo de miles de aparatos no viola derechos fundamentales de los vecinos, según los jueces

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado por 346 vecinos de la urbanización Santo Domingo (Algete) contra las rutas aéreas que pasan por encima de este núcleo urbano. El tribunal, presidido por Ramón Veron Olarte, considera en una sentencia que, aunque los aviones sobrevuelan las viviendas a unos 600 metros de altura, los vecinos no sufren un "ruido que pueda calificarse de insoportable".

Más de 300 familias de esta urbanización de Algete, situada 17 kilómetros al norte de Barajas, presentaron en 2004 un contencioso-admin...

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado por 346 vecinos de la urbanización Santo Domingo (Algete) contra las rutas aéreas que pasan por encima de este núcleo urbano. El tribunal, presidido por Ramón Veron Olarte, considera en una sentencia que, aunque los aviones sobrevuelan las viviendas a unos 600 metros de altura, los vecinos no sufren un "ruido que pueda calificarse de insoportable".

Más de 300 familias de esta urbanización de Algete, situada 17 kilómetros al norte de Barajas, presentaron en 2004 un contencioso-administrativo contra las rutas aéreas de Barajas. Los vecinos consideraban que desde que se puso en funcionamiento la tercera pista, en 1998, sufrían un "ruido insoportable derivado de los sobrevuelos de aeronaves" cuando el aeropuerto opera "en configuración sur": los aviones sobrevuelan la urbanización antes de tomar tierra.

Los vecinos pedían que se evitasen estos vuelos mediante la utilización de un sistema de orientación denominado VOR/DME. Los recurrentes afirmaban también que soportaban, según un sistema de mediciones llamado Lmax, 77,5 decibelios por el día, 76 por la tarde y 74 por la noche. La normativa exige que ningún núcleo urbano sufra más de 65 decibelios por el día y 55 por la noche. Reclamaban, además, una indemnización de 12.000 euros por demandante por haber visto violados sus "derechos fundamentales".

Pero los magistrados han rechazado todas estas argumentaciones. En primer lugar, pidieron a un perito que contrastase los datos de ruido aportados por los demandantes. El especialista eligió 10 domicilios e hizo sus mediciones, pero utilizando el método Leq, "el parámetro fundamental al que hace referencia la normativa de protección acústica española". El resultado fue que el nivel sonoro que soportaba en la urbanización rondaba los 45 decibelios, e incluso menos.

655 metros de altura

Los jueces también comprobaron que en 2002, 18.865 aviones sobrevolaron Santo Domingo, pero sólo "suponen el 5,1% de las operaciones realizadas por Barajas ese año". En 2003, fueron 30.471 (7,9%) y en 2004, 7.096 (3,6%). Además, los magistrados admiten que, cuando hay configuración sur, cada 2,3 minutos pasa un avión y que las aeronaves vuelan a una media de 655 metros de altura (entre 589 y 705 metros).

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Por su parte, el ministerio fiscal no apoyó tampoco las peticiones de los recurrentes. Consideró que no demostraron que todos vivían en la citada urbanización y reclamó que la "demanda fuese desestimada".

Los jueces, basándose en "doctrina emanada del Tribunal Constitucional", determinaron entonces que "no cualquier desviación sobre los niveles de ruido establecidos en las normas jurídicas suponen, per se, una vulneración de los derechos fundamentales a la integridad física", ya que es necesaria "una exposición prolongada a niveles de ruido intensos".

Los magistrados también rechazan un informe de un médico del Área 5 de Atención Primaria de la Comunidad, que mantenía que "varios pacientes" habían requerido "tratamiento farmacológico de ansiolíticos" posiblemente por el paso de los aviones. Los jueces descalifican el informe por su "vaguedad, imprecisión y generalidad".

Finalmente, los magistrados estiman que el sistema de guiado que reclamaban los vecinos, el VOR/DRM, "sólo puede ser utilizado si las condiciones de seguridad aeronáuticas y las condiciones meteorológicas lo permiten". Además, no ha quedado acreditado, terminan los jueces, que este sistema se pueda emplear de forma "obligatoria o generalizada".

Con estos argumentos, la sala desestima por completo el recurso, si bien "no ha lugar a la imposición de las costas procesales, al no apreciarse temeridad ni mala fe en ninguna de las partes". La magistrada Ángeles Huet fue la ponente de la resolución.

Medidas compensatorias

El Ministerio de Fomento sostiene que ha realizado un "estricto" cumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental para que el ruido afecte lo menos posible a las localidades próximas a Barajas. El ministerio recuerda que son 13.674 viviendas las afectadas y que ya ha aislado 11.320. En estas labores invertirá 160 millones de euros.

De todas formas, Fomento reconoce que la ampliación de Barajas ha afectado al río Jarama (sobre el que se levanta una de las nuevas pistas), pero que se han tomado medidas compensatorias. Entre ellas, destaca un centro de recuperación de la fauna silvestre, la restauración de las márgenes del arroyo de la Galga y San Román y la reforestación de las laderas de Paracuellos.

Pero para 17 municipios las medidas adoptadas no son suficientes. Aseguran que un avión sobrevuela cada dos minutos las cabezas de 800.000 vecinos desde el pasado 5 de febrero, fecha de la inauguración de la nueva terminal. Los alcaldes de 17 localidades exigen a AENA "que limite la capacidad del aeropuerto a un 90%". "Da igual si no funciona a la perfección; pero mejorará mucho la vida de 800.000 residentes", afirmó hace unos días Montserrat Muñoz, alcaldesa de San Fernando, de IU.

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