Un hombre exige a su peña 117.571 euros de la lotería aunque no pagó la cuota al estar enfermo

La Audiencia de Córdoba decidirá si un hombre tiene derecho a percibir los 117.571 euros que reclama del premio de 5,5 millones de euros que le tocó a la Peña Los Sirenitas, de la que era socio fundador, pese a que el mes en que resultó agraciado no había pagado su cuota por estar enfermo. El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Córdoba desestimó su petición. Esa sentencia consideró que cada mes podían participar distintas personas en la peña y que, por tanto, es lógico que sólo se repartiesen los posibles premios entre quienes habían pagado la cuota mensual.

El fallo del juzgado da...

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La Audiencia de Córdoba decidirá si un hombre tiene derecho a percibir los 117.571 euros que reclama del premio de 5,5 millones de euros que le tocó a la Peña Los Sirenitas, de la que era socio fundador, pese a que el mes en que resultó agraciado no había pagado su cuota por estar enfermo. El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Córdoba desestimó su petición. Esa sentencia consideró que cada mes podían participar distintas personas en la peña y que, por tanto, es lógico que sólo se repartiesen los posibles premios entre quienes habían pagado la cuota mensual.

El fallo del juzgado da validez al testimonio de varios de los 46 miembros de la peña, según los cuales no todos los meses participaban las mismas personas en las apuestas, además de que había un cartel que decía que "quien no pagaba, no jugaba". El demandante alegó que no había abonado la cuota de aquel mes porque lo habían operado. Según su testimonio, intentó hacerlo antes de la intervención quirúrgica por medio de la persona que recibía las aportaciones de los participantes, que le dijo que era pronto para pagar esa cuota y que podría hacerlo cuando se reincorporase al trabajo.

Pero esa persona lo negó durante el juicio, según la sentencia, que afirma, además, que el demandante tenía familiares en la empresa de la que forman parte la mayoría de los socios, por lo que "tuvo diversas opciones para abonar la cuota correspondiente, pues cabía la posibilidad de que algunos compañeros pagasen en nombre de otros". El juez concluye que el demandante "no participó en la apuesta de lotería primitiva agraciada, luego carece de derecho para formar parte en el reparto del premio".

Peña, no porra

En su recurso, el demandante recuerda que la sentencia reconoce que todos los implicados formaban parte de una peña y no de una porra, además de que todas las partes han reconocido que "era socio fundador de la citada peña". Destaca que, "independientemente de que el señor estuvo enfermo y de baja", durante el mes anterior al sorteo, "existía un bote del cual era partícipe" por sus aportaciones anteriores y con el que se pagó el importe del sorteo premiado, por lo que considera que el premio le correspondería al margen de que aquel mes hubiera o no materializado el pago de la cuota.

La prueba de que se trataba de una peña y de que existía un bote con los premios acumulados es que los nuevos socios tenían que pagar una cuota doble para acceder al bote, según el escrito. El demandante afirma que contribuyó siempre en la compra de lotería, por lo que "existía un negocio jurídico atípico de forma verbal al actuar agrupadamente". Además, si no se discute que fuese socio fundador de la peña, el autor del recurso se pregunta por qué le excluyeron del premio sin excluirle también de la asociación.

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