Un jefe del 11-M quedó libre por un error al calcular la pena

La Sección Tercera de la Audiencia Nacional puso por error en libertad a Allekema Lamari en junio de 2002. Considerado uno de los jefes del 11-M, había cumplido cinco años y dos meses en prisión preventiva, la mitad de la pena principal que se le había impuesto por pertenencia a banda armada, y había recurrido esa sentencia ante el Tribunal Supremo. El terrorista aprovechó su salida de la cárcel para fugarse. La siguiente noticia que se tuvo de él fue su suicidio en un piso de Leganés (Madrid), junto a otros seis terroristas implicados en los atentados del 11-M.

Lamari había sido deteni...

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La Sección Tercera de la Audiencia Nacional puso por error en libertad a Allekema Lamari en junio de 2002. Considerado uno de los jefes del 11-M, había cumplido cinco años y dos meses en prisión preventiva, la mitad de la pena principal que se le había impuesto por pertenencia a banda armada, y había recurrido esa sentencia ante el Tribunal Supremo. El terrorista aprovechó su salida de la cárcel para fugarse. La siguiente noticia que se tuvo de él fue su suicidio en un piso de Leganés (Madrid), junto a otros seis terroristas implicados en los atentados del 11-M.

Lamari había sido detenido en Valencia en abril de 1997 como miembro de una célula logística del Grupo Islámico Armado (GIA). Tras la celebración del juicio, fue condenado a 14 años de prisión, el 26 de julio de 2001. El 9 de abril de 2002, el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia, integrado por los magistrados Francisco Castro Meije, Ángela Murillo y Luis Martínez de Salinas, señaló que Lamari había sido condenado en sentencia del "a la pena de 10 años de prisión", por lo que le correspondía quedar en libertad al cumplir los cinco años de prisión preventiva, que sería el máximo permitido por aplicación del artículo 504 de la Ley de Enjuiciamiento criminal.

Se podría haber interpretado que el tribunal, al aplicar la medida, había considerado únicamente la pena más grave, que era de 10 años por pertenencia a banda armada. Sin embargo, los documentos de la sala demuestran que se trató de un error material. Y ello, porque en el auto anterior, fechado en marzo de 2001, el tribunal señalaba que la aplicación del máximo de la prisión preventiva se hacía sobre la totalidad de las penas impuestas en la sentencia, que era de 10 años, en lugar de los 14 años, que era la totalidad real de la condena.

En 2004, en prisión

Así, Lamari podría haber estado hasta un máximo de siete años en prisión preventiva. Es decir, que cuando se cometieron los atentados del 11-M hubiera estado en prisión, como lo siguen estando varios de sus compañeros de célula condenados a las mismas penas.

La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) abrió una investigación contra el presidente de esa sección, Francisco Castro Meije, pero cuando lo hizo había pasado un año desde la liberación de Lamari, con lo que la infracción había prescrito. La presidenta de la comisión disciplinaria del CGPJ, Monserrat Comas, propuso al resto de los miembros de ese órgano enviar el caso al fiscal del Estado para comprobar si Castro Meije había prevaricado por omisión. Pero los tres vocales de la mayoría conservadora (Enrique Mínguez, Carlos Ríos y Enrique López) se opusieron y el caso se archivó.

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