Cartas al director

Aclaración

En respuesta a la carta enviada a su periódico el pasado día 29 de septiembre por Enrique Martínez Llenas, me gustaría hacer las siguientes observaciones: la solicitud firmada por el interesado está fechada el 30 de septiembre de 2004, incoándose el correspondiente expediente el 14 de octubre de 2004 y no en octubre de 2003 como indicaba el interesado.

Por otra parte, teniendo en cuenta que, según establece la legislación vigente, la Administración tiene obligación de resolver en el plazo de un año desde la entrada en la correspondiente unidad administrativa, que en este caso se produjo...

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En respuesta a la carta enviada a su periódico el pasado día 29 de septiembre por Enrique Martínez Llenas, me gustaría hacer las siguientes observaciones: la solicitud firmada por el interesado está fechada el 30 de septiembre de 2004, incoándose el correspondiente expediente el 14 de octubre de 2004 y no en octubre de 2003 como indicaba el interesado.

Por otra parte, teniendo en cuenta que, según establece la legislación vigente, la Administración tiene obligación de resolver en el plazo de un año desde la entrada en la correspondiente unidad administrativa, que en este caso se produjo el 14 de febrero de 2005, plazo que, por otra parte, quedó interrumpido por la petición de informe a la Dirección General de la Policía, preceptivo en este tipo de procedimientos, hay que concluir que no ha existido ningún retraso en la normal tramitación del expediente del interesado.

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